C.A. de Santiago

MACHUCA VASCONCELLO CRISTIAN CONTRA COMISIÓN LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

4517-2022

Fecha

15 de febrero de 2022

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

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Hechos

Visto y teniendo únicamente presente: Que el informe psicosocial de Gendarmería de Chile, elaborado en cumplimiento de la normativa legal aplicable, no refiere antecedentes categóricos que orienten sobre factores de riesgo de reincidencia del amparado e impidan reconocer su posibilidad de reinsertarse a la sociedad al momento de postular a libertad condicional conforme lo expresa el Decreto Ley N° 321, en el texto actual de su artículo 2 N° 3, apareciendo de manifiesto que respecto del recurrente se reúnen los requisitos exigidos por el antes citado cuerpo normativo para la concesión de libertad condicional. Y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de veintisiete de enero de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago en el Ingreso Corte N° 5681-2021 y, en su lugar, se declara que se acoge el recurso de amparo interpuesto a favor de CRISTIAN EXEQUIEL MACHUCA VASCONCELLO, dejándose sin efecto la resolución dictada por la recurrida, y que se le concede el beneficio de la libertad condicional al amparado, debiendo seguirse a su respecto el procedimiento establecido en la ley y en el reglamento para su materialización. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Valderrama y del Ministro Suplente Sr. Vázquez, quienes fueron del parecer de confirmar la sentencia apelada, en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese, comuníquese por la vía más rápida y devuélvase. Rol N° 4517-2022

Fallo

se declara que se acoge el recurso de amparo interpuesto a favor de CRISTIAN EXEQUIEL MACHUCA VASCONCELLO, dejándose sin efecto la resolución dictada por la recurrida, y que se le concede el beneficio de la libertad condicional al amparado, debiendo seguirse a su respecto el procedimiento establecido en la ley y en el reglamento para su materialización. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Valderrama y del Ministro Suplente Sr. Vázquez, quienes fueron del parecer de confirmar la sentencia apelada, en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese, comuníquese por la vía más rápida y devuélvase. Rol N° 4517-2022

Texto Completo (Preview)

Santiago, quince de febrero de dos mil veintidós. Al escrito folio 10286-2022: atendido lo dispuesto por el Auto Acordado N° 259-2021 de esta Excma. Corte Suprema, publicado con fecha 3 de diciembre de 2021, y no habiéndose justificado suficientemente la necesidad de escuchar alegatos en atención al derecho invocado, no ha lugar. Visto y teniendo únicamente presente: Que el informe psicosocial d

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