NAVARRO FUENTES RODRIGO/ SCOTIABANK CHILE S. A.
Rol
1078-2022
Fecha
15 de febrero de 2022
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN FORMA
Hechos
Visto y teniendo presente: 1°.- Que en los autos Rol N°4434-2021 de la Corte de Apelaciones de Santiago, sobre recurso de hecho, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en la forma interpuesto por el abogado Héctor Pérez Bonifaz, en contra de la sentencia de la Corte mencionada de fecha siete de diciembre de dos mil veintiuno, que rechazó el recurso de hecho deducido por dicho profesional en contra de lo resuelto el día diecinueve de mayo del mismo año, por el Juez Daniel Ignacio Platt Astorga en causa sobre juicio ejecutivo. 2° Que el artículo 766 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en la forma contra sentencias definitivas y contra sentencias interlocutorias cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, y, excepcionalmente, contra las sentencias interlocutorias dictadas en segunda instancia sin previo emplazamiento de la parte agraviada, o sin señalar día para la vista de la causa. 3° Que la resolución que se pronuncia sobre un recurso de hecho se relaciona con un aspecto meramente formal, cual es la procedencia o improcedencia de un recurso de apelación, lo que resulta ajeno a la materia sustantiva que se discute en autos. 4° Que, por lo anterior es posible concluir que la resolución impugnada por esta vía no presenta las características de aquellas aludida en el ya mencionado artículo, puesto que no tiene el carácter de interlocutoria, en la medida que no pone término al juicio ni hace imposible su prosecución como tampoco se encuentra en la situación excepcional prevista en la primera de las normas citadas, razón por la cual el recurso de nulidad intentado en autos no podrá ser admitido a tramitación Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en los artículos 766, 767, 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil se declara inadmisible el recurso de casación en la forma interpuesto en lo principal del escrito de veinticuatro de diciembre de dos
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en los artículos 766, 767, 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil se declara inadmisible el recurso de casación en la forma interpuesto en lo principal del escrito de veinticuatro de diciembre de dos mil veintiuno interpuestos por el abogado Héctor Pérez Bonifaz, en contra de la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago de fecha siete de diciembre de dos mil veintiuno. Regístrese, notifíquese, comuníquese y devuélvase por interconexión. Rol N° 1078-22.
Texto Completo (Preview)
1 Santiago, a quince de febrero de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: 1°.- Que en los autos Rol N°4434-2021 de la Corte de Apelaciones de Santiago, sobre recurso de hecho, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en la forma interpuesto por el abogado Héctor Pérez Bonifaz, en contra de la sentencia de la Corte mencionada de fecha siete de diciembre de dos m
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