2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

RUFATT/CENCOSUD S.A

Rol

Fecha

14 de marzo de 2023

Materia

REAJUSTES E INTERESES

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: En los autos Rit O-3576-2021, del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago la parte demandante dedujo recurso de nulidad en contra de la sentencia de veintisiete de mayo de dos mil veintidós, que se rechazó íntegramente la demanda y se ordenó que cada parte pague sus costas. Se funda el recurso en las causales subsidiarias de los artículos 477 inciso 1° y 478 letra b), ambas del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, como primera causal de nulidad se invoca la prevista en el artículo 477 inciso 1° parte segunda del Código del Trabajo, esto es, “cuando en la tramitación del procedimiento o en la dictación de la sentencia definitiva se hubieren infringido sustancialmente derechos o garantías constitucionales, o aquélla se hubiere dictado con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo”. Denuncia que la sentencia se dictó con infracción de ley respecto a los artículos 159 N°4 inciso 4°. 183-A y siguientes, 456 y 501 del Código del Trabajo. Argumenta -previa transcripción de los considerandos duodécimo, séptimo, octavo y undécimo, del

Fallo

fallo – que el tribunal desestima la naturaleza indefinida del contrato de trabajo, y el término de la misma por una comunicación verbal del trabajador y la existencia de un régimen de subcontratación entre las demandadas siendo del todo improcedente. Expone que el fallo sólo realiza un análisis y valoración fraccionado de la prueba rendida, tomando sólo aquellas piezas que son útiles a su decisión, y omitiendo las contrarias sin mayor explicación, conforme a los cuales se daría cuenta de la naturaleza del contrato y de la existencia de un régimen de subcontratación, lo que sustenta principalmente en la declaración de la única testigo que depone por su parte y conforme a la cual estima, que unido a los otros medios de prueba incorporados se acreditan los requisitos para declarar la existencia de la relación laboral de carácter indefinida y el desarrollo de los servicios bajo un sistema de subcontratación. Indica que la decisión adoptada, sólo pudo ser adoptada mediante la errada calificación jurídica de la norma del artículo 159 Nº 4 inciso 4º, 183-A y 183-B del Código del Trabajo y los principios que rigen el derecho laboral. SEGUNDO: Que, la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de Ley, tiene como finalidad velar por una correcta aplicación del derecho a los hechos o al caso concreto determinado en la sentencia. En otras palabras, su propósito esencial está en fijar el significado, alcance y sentido de las normas, en función de los hechos tenidos

Texto Completo (Preview)

Santiago, catorce de marzo de dos mil veintitrés VISTOS: En los autos Rit O-3576-2021, del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago la parte demandante dedujo recurso de nulidad en contra de la sentencia de veintisiete de mayo de dos mil veintidós, que se rechazó íntegramente la demanda y se ordenó que cada parte pague sus costas. Se funda el recurso en las causales subsidiarias de los a

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