11º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

COMERCIAL RIMAT S.A/CONSERVADOR DE BIENES RAICES DE SANTIAGO

Rol

Fecha

15 de marzo de 2023

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandada con fecha veintiuno de julio pasado, en contra de la resolución dictada con fecha diecinueve de julio de dos mil veintidós. Comuníquese. N°Civil-2487-2023.(vdcd)

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandada con fecha veintiuno de julio pasado, en contra de la resolución dictada con fecha diecinueve de julio de dos mil veintidós. Comuníquese. N°Civil-2487-2023.(vdcd)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, quince de marzo de dos mil veintitrés. A los folio 5 y 6: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido

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