REBOLLEDO/GALDAMES
Rol
3272-2022
Fecha
10 de febrero de 2022
Materia
Reforma Laboral
Resultado
INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso de queja sólo procede en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que ponen término al juicio o hacen imposible su prosecución y siempre que no sean susceptibles de ningún otro recurso, sea ordinario o extraordinario; Segundo: Que la resolución que se impugna en estos antecedentes, esto es, aquella que confirmó la de mérito que dio lugar a la medida cautelar de prohibición de celebrar actos y contratos respecto de bienes del demandado, no participa de la naturaleza jurídica antes indicada, razón suficiente para declarar inadmisible el recurso intentado en autos. Por estas consideraciones y normas legales citadas se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto con fecha veinticinco de enero último. Al primer otrosí: estese a lo resuelto. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Al tercer otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. N° 3.272-2022.
Fallo
Por estas consideraciones y normas legales citadas se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto con fecha veinticinco de enero último. Al primer otrosí: estese a lo resuelto. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Al tercer otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. N° 3.272-2022.
Texto Completo (Preview)
Santiago, diez de febrero de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso de queja sólo procede en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que ponen término al juicio o hacen imposible su prosecución y siempre que no sean susceptibles de ningún otro recurso, sea ordinario o
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