SIN INFORMACION

ANGELO PATRICIO RIVAS BELTRÁN/VALESKA ELIZABETH CARRILLO CONEJEROS

Rol

Fecha

13 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que el abogado Ángelo Patricio Rivas Beltrán deduce recurso de protección en contra de la Concejala de la Municipalidad de Coronel Valeska Elizabeth Carrillo Conejeros, por actos arbitrarios e ilegales que afectan sus garantías constitucionales del derecho a la honra y al juez natural. Refiere que consta en copia autorizada de escritura pública de fecha 27 de septiembre del año 2019, Repertorio Nº 1.786-2019, otorgada ante el Notario Titular de la Segunda Notaría de Coronel don René Marcelo Arriagada Basaur, que él es el actual y exclusivo propietario de la vivienda de material ligero, tipo jaula de madera, compuesta de cuatro piezas, ubicada en la manzana veintiocho, casa quinientos siete de la Población O’Higgins de Coronel, hoy calle Chiflones número quinientos setenta y tres, y edificada en terrenos del Serviu Región del Biobío.- Esta jaula posee agua potable y luz eléctrica, rol de avalúo fiscal número dos mil ochocientos sesenta y seis guión tres de la comuna de Coronel, tiene ubicación urbana, destino habitacional no agrícola y el terreno en el cual se emplaza es de una superficie de ciento noventa y tres metros cuadrados, con una superficie edificada de siete metros cuadrados. Adquirió el bien por tradición, según da cuenta la referida escritura pública de sus vendedores y tradentes los comuneros Olga Angélica Bastías Alvial, Juan Benedicto Bastías Alvial, Guillermina Patricia Bastías Alvial y Jerardo Iván Bastías Alvial, quienes adquirieron la mencionada vivienda por sucesión por causa de muerte de la herencia quedada al fallecimiento de sus padres don Benedicto Bastías Vidal y de doña Olga Ester Alvial. Añade el actor que adquirió este bien por medio de un convenio con la Municipalidad de Coronel para regularizar la posesión material de un conjunto de pobladores de la población O ́Higgins de la comuna de Coronel, quienes vivían en el sector pero carecían de título de dominio. Al efecto se les vendió y transfirió esta vivienda y se inmiscuyó a los pobladores en programas estatales de regularización del dominio. A poco de adquirir la vivienda descubrió que, dentro de ella, a título de mero ocupante ilegal, sin título ni contrato, se encontraba residiendo doña María Rachel Gutiérrez Solís, con quien se entrevistó, manifestándole ésta que la vivienda “le pertenecía” y que debía entenderse con “sus abogados” para lograr obtener mayor información. Consultó a sus tradentes, respecto a esta situación y ellos le manifestaron que esta señora ocupaba el inmueble de manera ilegal, que nunca lograron erradicarla de ahí, y que incluso hasta juicios para desarraigarla no lograron el cometido, momento en el cual, doña María Gutiérrez Solís, comenzó a decir que a ella nadie la sacaría del inmueble. Agrega que recurrió a los tribunales ejerciendo una acción de precario, pretendiendo procesalmente la restitución de su propiedad, juicio que se inició el 11 de diciembre del año 2022 ante el Primer Juzgado de Letras de Coronel, ca

Fallo

fallo ante el mismo tribunal, quien por resolución de fecha 17 de mayo de 2022 le concedió la entrega sin fuerza pública, lo cual fue notificado también a la ejecutada. Como ésta entendió que debía restituir el bien, acudió de manera personal junto a su hijo a su oficina y le pidió plazo para abandonar la casa, concediéndole un plazo de gracia de 4 meses, manifestando a la demandada que tenía plazo impostergable hasta el día 21 de septiembre para entregar la vivienda con todas sus cuentas de luz y agua al día y sin deuda. Todas las partes accedieron. Llegado el 21 de Septiembre de 2022, la ejecutada no realizó la entrega, consultada volvió a manifestar que no abandonaría la casa hasta que le dieran subsidio, ante lo cual debió solicitar la entrega con fuerza pública, lo que se concretó el 5 de diciembre de 2022, en circunstancias que Receptora Judicial en compañía de Carabineros de Chile, procedió a ejecutar la resolución de fecha 30 de noviembre de 2022. El día 5 de diciembre de 2022 a las 15:30 horas, se verificó el acto de entrega de bien con fuerza pública, allanamiento y descerrajamiento, el cual fue una actuación dolorosa y dura para la ejecutada, quien tuvo que ver, por su porfía, como sus enseres eran extraídos de la vivienda. El hecho generó la inmediata reacción del vecindario, quienes se agolparon en las afueras del lugar. Al lugar llegaron familiares de la ejecutada, quienes comenzaron a insultar, amenazar y hasta “maldecir” a los encargados de la diligencia, en

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Concepción, trece de marzo del año dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que el abogado Ángelo Patricio Rivas Beltrán deduce recurso de protección en contra de la Concejala de la Municipalidad de Coronel Valeska Elizabeth Carrillo Conejeros, por actos arbitrarios e ilegales que afectan sus garantías constitucionales del derecho a la honra y al juez natural. Refiere que consta en copi

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