ANONIMIZADO
Rol
Fecha
13 de marzo de 2023
Materia
DIVORCIO DE COMUN ACUERDO
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Que, en la especie, se reúnen los supuestos de los artículos 21 y 55 inciso segundo de la Ley 19.947, que únicamente se refieren a que se adjunte un acuerdo regulatorio de las materias allí comprendidas, debiendo realizarse la calificación del mismo en la sentencia definitiva y
Fundamentos
considerando las rectificaciones que puedan realizarse por las partes durante el transcurso del juicio. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se revoca la resolución apelada de veintitrés de septiembre de dos mil veintidós dictada por el Juzgado de Familia de Talagante y, en consecuencia,
Fallo
se declara que se deberá dar curso a la demanda de...
Texto Completo (Preview)
San Miguel, trece de marzo de dos mil veintitrés. Vistos: Que, en la especie, se reúnen los supuestos de los artículos 21 y 55 inciso segundo de la Ley 19.947, que únicamente se refieren a que se adjunte un acuerdo regulatorio de las materias allí comprendidas, debiendo realizarse la calificación del mismo en la sentencia definitiva y considerando las rectificaciones que puedan realizarse por las
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica