VEOLIA SU CHILE S.A. (PROCTIVA SERVICIOS URBANOS S.A.)/SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD
Rol
Fecha
15 de marzo de 2023
Materia
RECLAMACIÓN DE MULTA ADMINISTRATIVA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: 1.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 171 del Código Sanitario, la reclamación a que se refiere dicha disposición se tramitará de acuerdo con las normas del juicio sumario, procedimiento en el cual, conforme lo prescribe el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, la prueba, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2.- Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandado el tres de febrero del año en curso (folio N°22), en contra de la resolución de cinco de enero del mismo año (folio N°18). Devuélvase. N°Civil-3375-2023.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandado el tres de febrero del año en curso (folio N°22), en contra de la resolución de cinco de enero del mismo año (folio N°18). Devuélvase. N°Civil-3375-2023.
Texto Completo (Preview)
chv C.A. de Santiago Santiago, quince de marzo de dos mil veintitrés. Al folio N°3 y 4, a todo, estese a lo que se resolverá. Vistos: 1.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 171 del Código Sanitario, la reclamación a que se refiere dicha disposición se tramitará de acuerdo con las normas del juicio sumario, procedimiento en el cual, conforme lo prescribe el artículo 686 del Código de Pr
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