4º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

UNIVERSIDAD SEK/DÍAZ

Rol

Fecha

15 de marzo de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que conforme lo dispone el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, establece dentro de los requisitos de admisibilidad del recurso de apelación, debe contener los

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho en que se apoya, las peticiones concretas que se formulan al Tribunal de segunda instancia. En este caso tratándose del recurso de apelación interpuesto en forma subsidiaria a la reposición no será necesario fundamentarla ni formular peticiones concretas, siempre que el recurso de reposición cumpla con ambas exigencias. 2° Que el recurso de reposición con apelación subsidiaria deducido por la parte ejecutada, no cumple con los requisitos a que se refiere el primer acápite de esta resolución, pues carece de fundamentos de hecho y derecho que sustenten su pretensión de revocación, razón por la cual no puede ser admitido a tramitación. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 189 y 213 del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte ejecutado con fecha quince de septiembre del año dos mil veintidós (folio N° 15), contra la resolución que recibe la causa a prueba de fecha diecisiete de agosto del año dos mil veintidós (folio N° 13). Devuélvase. N°Civil-3442-2023.mst

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, quince de marzo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: 1° Que conforme lo dispone el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, establece dentro de los requisitos de admisibilidad del recurso de apelación, debe contener los fundamentos de hecho y derecho en que se apoya, las peticiones concretas que se formulan al Tribunal de segunda instancia. En este

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