ANONIMIZADO
Rol
Fecha
13 de marzo de 2023
Materia
CUIDADO PERSONAL DEL NIÑO, MODIFICACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968 se confirma, en lo apelado, la resolución de catorce de noviembre de dos mil veintidós, dictada por el Primer Juzgado de Familia de San Miguel, en los autos RIT C-48-2022. Devuélvase. N° 1706-2022-Familia.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, trece de marzo de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968 se confirma, en lo apelado, la resolución de catorce de noviembre de dos mil veintidós, dictada por el Primer Juzgado de Familia de San Miguel, en los autos RIT C-48-2022. Devuélvase. N° 1706-2022-Familia.
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica