ANONIMIZADO
Rol
Fecha
13 de marzo de 2023
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
ANULA DE OFICIO
Hechos
Vistos: 1.- Que, en virtud de lo prescrito en el artículo 775 del Código de Procedimiento Civil, puede la Corte invalidar de oficio la sentencia apelada cuando “conociendo por vía de apelación, consulta o casación o en alguna incidencia, invalidar de oficio las sentencias cuando los antecedentes del recurso manifiesten que ellas adolecen de vicios que dan lugar a la casación en la forma, debiendo oír sobre este punto a los abogados que concurran a alegar en la vista de la causa e indicar a los mismos los posibles vicios sobre los cuales deberán alegar”. 2.- Que, en la especie, resulta palmario que se configura la causal de...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, trece de marzo de dos mil veintitrés. Vistos: 1.- Que, en virtud de lo prescrito en el artículo 775 del Código de Procedimiento Civil, puede la Corte invalidar de oficio la sentencia apelada cuando “conociendo por vía de apelación, consulta o casación o en alguna incidencia, invalidar de oficio las sentencias cuando los antecedentes del recurso manifiesten que ellas adol
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