SIN INFORMACION

VILLASMIL / SERVICIO NACIONAL MIGRACIONES

Rol

Fecha

13 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Con fecha 12 de enero de 2023 se recurre de protección en favor de la ciudadana venezolana Lerida Del Consuelo Villasmil Álvarez contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre la solicitud de reconsideración que el 12 de noviembre de 2020 presentó contra la resolución exenta N° 158.856 de 3 de noviembre de ese año que rechazó la visa de permanencia definitiva que pidió el 25 de junio de 2019, lo que afecta su derecho de igualdad ante la ley. Solicita que se orden a la recurrida emitir su parecer en el más breve plazo, con costas. Con fecha 2 de marzo de 2023 se prescindió del informe y se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento de la solicitud de reconsideración del rechazo de la visa de permanencia definitiva presentada por la recurrente. Segundo: Que, habiéndose prescindido del informe solicitado a la recurrida, en atención a la naturaleza cautelar y de urgencia de este recurso, se advierte que la solicitud de la ciudadana extranjera está en trámite, existiendo una dilación excesiva en su tramitación -si se considera su fecha de inicio-, lo que permite concluir que la autoridad administrativa ha infringido los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880 y, como consecuencia de aquello, lo dispuesto en la garantía constitucional del artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, al realizarse por un Órgano de la Administración del Estado, una discriminación arbitraria e ilegal en la tramitación de la petición de reconsideración presentada por la recurrente, en relación con otros interesados que actualmente se encuentran en la misma situación, razones por las cuales se acogerá la presente acción.

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de protección deducido en favor de Lerida Del Consuelo Villasmil Álvarez, sólo en cuanto se ordena al Servicio Nacional de Migraciones que deberá pronunciarse sobre la solicitud de reconsideración del rechazo de la visa de permanencia definitiva en atención al estado de su tramitación, dictando al efecto la resolución que corresponda dentro del término de 60 días corridos, contado desde que la presente sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-805-2023. No firma la Ministra (S) Sra. Valeria Echeverría Vega, no obstante concurrir a la vista y resolución, por imposibilidad técnica con su dispositivo token.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, trece de marzo de dos mil veintitrés. Vistos: Con fecha 12 de enero de 2023 se recurre de protección en favor de la ciudadana venezolana Lerida Del Consuelo Villasmil Álvarez contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre la solicitud de reconsideración que el 12 de noviembre de 2020 presentó contra la resolució

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