JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE PUNTA ARENAS

SANTANDER/AUTORENTAS DEL PACÍFICO SPA

Rol

Fecha

10 de marzo de 2023

Materia

COMISIONES

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y teniendo además presente: PRIMERO Que, el fallo de unificación de jurisprudencia Rol N°25.055-2019 de la E.C.S., invocado por la parte apelante en estrados, se refiere a una acción destinada a obtener la declaración de existencia de un vínculo laboral discutido entre las partes en que las indemnizaciones legales y las prestaciones pretendidas se hacen exigibles lógicamente al término de la relación laboral, en caso de ser reconocida tal declaración; cuyo no es el caso de autos, toda vez que la declaración de prescripción recurrida lo fue respecto de la acción para el cobro de comisiones que se hubiesen devengado antes del 2 de noviembre de 2020, por lo que ninguna influencia puede tener lo allí decidido en lo aquí discutido, ya que la acción ejercida por el demandante tiene por finalidad obtener el pago de la prestación comisión, esto es, una clase de remuneración de fuente legal, respecto de la cual la norma sancionatoria de inactividad aplicable es la contemplada en el inciso primero del artículo 510 del Código del Trabajo, que establece un plazo de dos años para que se declare que la acción se extinguió por la prescripción, y que se computa a partir de la data en que se hicieron exigibles. SEGUNDO: Que, de otra parte, la solicitud de la demandada de tener “opuesta excepción de prescripción en los términos indicados en el cuerpo del escrito”, tal como se lee en su contestación de la demanda, autorizaba al tribunal a realizar su declaración por el periodo 2 de noviembre de 2014 a 2 de noviembre de 2020, por lo que ningún reproche formal procede a su respecto; como tampoco solicitar en estrados que la resolución de la excepción en comento deba dejarse para definitiva, toda vez que tal argumentación no formó parte de las peticiones concretas del recurso de apelación formulado verbalmente en la audiencia preparatoria de juicio. Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 453 N° 1 inciso quinto del Código del Trabajo, SE CONFIRMA, en lo apelado, la resol

Fallo

fallo de unificación de jurisprudencia Rol N°25.055-2019 de la E.C.S., invocado por la parte apelante en estrados, se refiere a una acción destinada a obtener la declaración de existencia de un vínculo laboral discutido entre las partes en que las indemnizaciones legales y las prestaciones pretendidas se hacen exigibles lógicamente al término de la relación laboral, en caso de ser reconocida tal declaración; cuyo no es el caso de autos, toda vez que la declaración de prescripción recurrida lo fue respecto de la acción para el cobro de comisiones que se hubiesen devengado antes del 2 de noviembre de 2020, por lo que ninguna influencia puede tener lo allí decidido en lo aquí discutido, ya que la acción ejercida por el demandante tiene por finalidad obtener el pago de la prestación comisión, esto es, una clase de remuneración de fuente legal, respecto de la cual la norma sancionatoria de inactividad aplicable es la contemplada en el inciso primero del artículo 510 del Código del Trabajo, que establece un plazo de dos años para que se declare que la acción se extinguió por la prescripción, y que se computa a partir de la data en que se hicieron exigibles. SEGUNDO: Que, de otra parte, la solicitud de la demandada de tener “opuesta excepción de prescripción en los términos indicados en el cuerpo del escrito”, tal como se lee en su contestación de la demanda, autorizaba al tribunal a realizar su declaración por el periodo 2 de noviembre de 2014 a 2 de noviembre de 2020, por lo que

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Punta Arenas, diez de marzo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo además presente: PRIMERO Que, el fallo de unificación de jurisprudencia Rol N°25.055-2019 de la E.C.S., invocado por la parte apelante en estrados, se refiere a una acción destinada a obtener la declaración de existencia de un vínculo laboral discutido entre las partes en que las indemnizaciones legales y las prestaciones preten

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