VERA/VERA
Rol
Fecha
10 de marzo de 2023
Materia
COMODATO PRECARIO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: El mérito de los antecedentes, en especial que el libelo de apelación carece de peticiones concretas, puesto que solicita únicamente “Ruego a US, se sirva tener por interpuesto Recurso de Apelación fundado, y en carácter de subsidiario, en contra de la resolución de S.S. de fecha 3 de Enero de 2023, acogerlo a tramitación, y si lo tiene a bien, remitir estos autos a la Corte de Apelaciones de Valparaíso, para que dicha corte enmiende con arreglo a Derecho la Resolución referida, por ser ésta agraviante a los Derechos e intereses de mi representada”, lo que resulta insuficiente para entender que es lo que se solicita a esta Corte y fijar con ello su competencia y, atendido lo dispuesto en los artículos 189 y 201 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la demandante en contra de la resolución de tres de enero del año en curso, dictada por el Primer Juzgado de Letras de San Antonio, en sus autos Rol C-1345-2022. Devuélvase. Proveyendo folio 4,"Se hace parte": Estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Se deja constancia que la firma del Fiscal Judicial Sr. Fuentes no se registra por razones informáticas, no obstante, haber concurrido a la decisión contenida en la presente resolución. N°Civil-590-2023.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la demandante en contra de la resolución de tres de enero del año en curso, dictada por el Primer Juzgado de Letras de San Antonio, en sus autos Rol C-1345-2022. Devuélvase. Proveyendo folio 4,"Se hace parte": Estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Se deja constancia que la firma del Fiscal Judicial Sr. Fuentes no se registra por razones informáticas, no obstante, haber concurrido a la decisión contenida en la presente resolución. N°Civil-590-2023.
Texto Completo (Preview)
Ihv. C.A. de Valparaíso Valparaíso, diez de marzo de dos mil veintitrés. Visto: El mérito de los antecedentes, en especial que el libelo de apelación carece de peticiones concretas, puesto que solicita únicamente “Ruego a US, se sirva tener por interpuesto Recurso de Apelación fundado, y en carácter de subsidiario, en contra de la resolución de S.S. de fecha 3 de Enero de 2023, acogerlo a tramitac
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