3º JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE ANTOFAGASTA

MOYA GIADROSIC/DESPEGAR.COM CHILE SPA

Rol

Fecha

10 de marzo de 2023

Materia

INFRACCIÓN LEY SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR

Resultado

CONFIRMADA CON COSTAS

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Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada y, se tiene además, presente: PRIMERO: Que en lo que dice relación con el daño moral debe indicarse que, por experiencia común se trata de una cuestión que cuando se trata de un viaje turístico al extranjero requiere preparación y dedicación especialmente si quien lo realiza es un grupo familiar que incluye adultos mayores. Por lo mismo, representa la conclusión de anhelos y expectativas familiares que en el caso que nos ocupa se vio esencialmente alterada por la falta de profesionalismo y negligencia de la demandada, quien debió de modo proactivo solucionar el problema de los pasajes de retorno. Esa inactividad y negligencia necesariamente conllevó que el denunciante y su grupo debieron dedicar buena parte del período de descanso a tratar de solucionar el problema con la intermediaria y con la línea aérea con resultados infructuosos pues las alternativas ofrecidas eran inviables, debiendo en último término comprar directamente los pasajes en otra línea aérea lo que también importa una preocupación anexa a la ya señalada frustración del plan vacacional. Este cuadro permite presumir de modo grave y directo, en términos de establecerlo como hecho de la causa, que el denunciante debió experimentar sentimientos de frustración e impotencia que alteraron su tranquilidad afectando así bienes extrapatrimoniales de manera relevante lo que constituye el daño moral demandado. SEGUNDO: Que en cuanto a la condena en costas debe indicarse, en primer lugar que este proceso contiene dos cuestiones diversas que por razones de economía procesal se analizan en un mismo procedimiento. La cuestión primaria de carácter infraccional concluyó con la condena de la denunciada, sin que en ello pueda alegarse falta de vencimiento total. Además, a igual conclusión debe llegarse en el aspecto patrimonial de manera que se hizo lugar a todos los rubros demandados, sin perjuicio que los montos indemnizatorios puedan no ser los pedidos. Por estas consi

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en la Ley 19.496 y artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, con costas del recurso, la sentencia apelada de fecha diecinueve de noviembre de dos mil veintidós, dictada en causa Rol C-6181-2022 del Tercer Juzgado de Policía Local de Antofagasta. Se regula en tres (3) ingresos mínimos mensuales incrementados para efectos remuneracionales las costas personales causadas en esta instancia Regístrese y comuníquese. Rol 5-2023 (PL)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a diez de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada y, se tiene además, presente: PRIMERO: Que en lo que dice relación con el daño moral debe indicarse que, por experiencia común se trata de una cuestión que cuando se trata de un viaje turístico al extranjero requiere preparación y dedicación especialmente si quien lo realiza es un grupo familiar que in

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