C.A. de Santiago

VICTORIA ARIAS IRENE CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

3269-2022

Fecha

7 de febrero de 2022

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

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Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: Primero: Que la acción de amparo encuentra su fundamento en la dictación, por parte de Servicio Nacional de Migraciones, de la Resolución Exenta N° 21207522, de 9 de noviembre de 2021, que deniega la solicitud de regularización migratoria presentada por la amparada, disponiendo en consecuencia que ésta debe hacer abandono del país en el plazo de 30 días. Segundo: Que el fundamento que tuvo en consideración la Administración para rechazar la petición, según se lee de la Resolución Exenta 21207522, fue el hecho que no cumple con requisitos documentales, específicamente el certificado de antecedentes de país de origen debidamente legalizado o apostillado, no está vigente, ya que el documento se encuentra vencido de acuerdo a los plazos estipulados. Tercero: Que la autoridad administrativa no otorgó la posibilidad a la amparada de subsanar la situación denunciada, proporcionando nuevos antecedentes que expliquen su actuar y que justifiquen su petición –conforme lo dispone el artículo 31 de la Ley N° 19.880-, por lo que resulta desproporcionada la decisión adoptada respecto al rechazo de la solicitud. Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de diecisiete de enero de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 22-2022, en cuanto rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Irene Vanessa Victoria Arias, de nacionalidad venezolana y en su lugar se declara que éste queda acogido, declarándose que se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 21207522, de 9 de noviembre de 2021, emitida por el Servicio Nacional de Migraciones debiendo tramitarse conforme a derecho la petición de la amparada, fijándose un plazo de 60 días para ello. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y, una vez hecho, devuélvase. Rol N° 3269-2022.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de diecisiete de enero de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 22-2022, en cuanto rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Irene Vanessa Victoria Arias, de nacionalidad venezolana y en su lugar se declara que éste queda acogido, declarándose que se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 21207522, de 9 de noviembre de 2021, emitida por el Servicio Nacional de Migraciones debiendo tramitarse conforme a derecho la petición de la amparada, fijándose un plazo de 60 días para ello. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y, una vez hecho, devuélvase. Rol N° 3269-2022.

Texto Completo (Preview)

Santiago, siete de febrero de dos mil veintidós. Al escrito folio 9842-2022: a lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. Al escrito folio 10004-2022: a lo principal y segundo otrosí, téngase presente; al primer otrosí, a sus antecedentes. Vistos y teniendo únicamente presente: Primero: Que la acción de amparo encuentra su fundamento en la dictación, por parte de Servicio Na

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