Jdo. de Letras del Trabajo de Antofagasta

GONZÁLEZ/INMOBILIARIA PROHABITEC LIMITADA

Rol

C-56-2021

Fecha

28 de diciembre de 2021

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo establecido en los artículos 162 y 469 del Código del Trabajo, no debe ser modificada o dejada sin efecto, pues la liquidación que consta en autos efectivamente aplica en forma correcta la sanción de nulidad del despido, esto es el pago de remuneraciones post despido de los meses de diciembre 2019 a la época de convalidación del mismo la cual se produce no solo con el pago íntegro de cotizaciones previsionales sino además con la comunicación al trabajador. Solicita se rechace la objeción de liquidación opuesta por la contraria, con costas. CUARTO: En cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal, se certifica por Ministro de Fe: “Que conforme a lo ordenado con fecha 17 de noviembre de 2021 a folio N°248 de autos, numeral 1, se certifica que teniendo a la vista los nuevos certificados de cotizaciones de salud presentados por las partes a folio número 53 de autos, consta que las cotizaciones previsionales del ejecutante se encuentran íntegramente pagadas. El periodo que se tuvo en consideración para efectos de la presente certificación son: Mayo, Junio, Julio, Agosto, Octubre, Noviembre y Diciembre de 2019. Antofagasta, veintiséis de noviembre de dos mil veintiuno.” También se certifica: “Que, conforme a lo ordenado con fecha 17 de noviembre del año en curso, y teniendo a la vista los documentos acompañados a folio 14 y 79 de este proceso, consta que la fecha de envío de comunicación mediante carta certificada al trabajador, de los pagos realizados, se habría efectuado el 03 de diciembre del año 2020, al domicilio ubicado en Pasaje Emilio Vaisse 01476, Antofagasta. Antofagasta, veintisiete de noviembre de dos mil veintiuno.” QUINTO: Que, el artículo 162 del Código del Trabajo en su inciso sexto, establece “Con todo, el empleador podrá convalidar el despido mediante el pago de las imposiciones morosas del trabajador, lo que comunicará a éste mediante carta certificada acompañada de la documentación emitida por las instituciones previsionales correspondientes, e

Fallo

Por tanto, para que proceda la convalidación del despido, nuestra legislación solo exige que se paguen las cotizaciones previsionales pendientes (objetivo principal de la institución) y que se informe de este hecho al trabajador. El empleador debe pagar al trabajador las remuneraciones y demás prestaciones laborales consignadas en el contrato de trabajo durante el periodo comprendido entre la fecha del despido y la del envío o entrega de la referida comunicación al trabajador. Esta comunicación ha de ser «enviada» por carta certificada, o bien «entregada», es decir, que el trabajador puede tomar conocimiento de este hecho por otras vías distintas del despacho de una carta. Al encontrarse establecido como un hecho de la causa que el empleador, respecto de don Fernando González Duconge, ha pagado íntegramente las cotizaciones correspondientes a salud, previsionales y de cesantía de los meses de mayo, junio, julio, agosto, octubre, noviembre y diciembre de 2019, que se adeudaban. Que, asimismo, la fecha en la cual se remitió la respectiva carta certificada al domicilio del trabajador establecido en el contrato de trabajo suscrito por las partes con fecha 19 de octubre de 2015, corresponde al día 03 BRWEXNPMJJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, veintiocho de diciembre de dos mil veintiuno. VISTO. PRIMERO: Comparece don Vinicio Cuevas Suárez, abogado, por la demandada Prohabitec Ltda., ya individualizado en autos. Viene en objetar la liquidación de fecha 30 de marzo del 2021. Señala que, como consta en autos, la liquidación de marras toma periodos de convalidación de despido por cotizaciones impagas desde el 31 de diciembr

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