CATALÁN / ZUBELDIA
Rol
86801-2021
Fecha
4 de febrero de 2022
Materia
Civil
Resultado
RECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F (M)
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en el procedimiento ordinario sobre acción reivindicatoria, seguido ante el Primer Juzgado Civil de Valparaíso, bajo el Rol C-930-19 caratulado “CATALÁN / ZUBELDIA”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo, interpuesto por la parte demandante en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de esa ciudad el catorce de octubre de dos mil veintiuno, que confirmó el fallo de primera instancia de fecha treinta y uno de mayo de ese mismo año, que rechazó la demanda. SEGUNDO: Que el recurrente fundamenta su solicitud de nulidad expresando que, en el fallo cuestionado, se infringen los artículos 889 y 895 del Código Civil, sosteniendo que, conforme a la prueba rendida en autos, habría quedado establecido que el demandado efectivamente ocupa parte del terreno del actor, lo que ratificó éste al demandar reconvencionalmente por prescripción adquisitiva, pues al ser aquella una forma de adquirir el dominio, malamente podría pedirlo quien no es el dueño de la cosa. TERCERO: Que, la Corte recurrida se limitó a confirmar el fallo del fondo, el que en su motivación décimo novena sostuvo que la prueba rendida permite concluir que “…el actor no ha singularizado el retazo que reivindica, ya que se limita a reclamar por un retazo de terreno que alcanzaría a los 41,4 metros cuadrados, lo que en la eventualidad de ser acogida la acción, al no precisar deslindes, en cuanto a su ubicación y extensión, imposibilita el cumplimiento. Por lo demás, en el peritaje evacuado por el Ingeniero Constructor, Sr. Montiel, valorado de acuerdo a las reglas de la sana crítica, éste afirma que en cuanto al actual límite Norte del denominado Lote N° 31, éste presenta una longitud de solo 7,4 metros, y que el faltante, para alcanzar lo indicado en el título de dominio, (10 metros), se reparte, entre los lotes N°32 (Demandado), que ocupa: 0,8 metros y el Lote N° 30, que ocupa: 1,8 metros; lo cual refuerza la pos
Fallo
fallo de primera instancia de fecha treinta y uno de mayo de ese mismo año, que rechazó la demanda. SEGUNDO: Que el recurrente fundamenta su solicitud de nulidad expresando que, en el fallo cuestionado, se infringen los artículos 889 y 895 del Código Civil, sosteniendo que, conforme a la prueba rendida en autos, habría quedado establecido que el demandado efectivamente ocupa parte del terreno del actor, lo que ratificó éste al demandar reconvencionalmente por prescripción adquisitiva, pues al ser aquella una forma de adquirir el dominio, malamente podría pedirlo quien no es el dueño de la cosa. TERCERO: Que, la Corte recurrida se limitó a confirmar el fallo del fondo, el que en su motivación décimo novena sostuvo que la prueba rendida permite concluir que “…el actor no ha singularizado el retazo que reivindica, ya que se limita a reclamar por un retazo de terreno que alcanzaría a los 41,4 metros cuadrados, lo que en la eventualidad de ser acogida la acción, al no precisar deslindes, en cuanto a su ubicación y extensión, imposibilita el cumplimiento. Por lo demás, en el peritaje evacuado por el Ingeniero Constructor, Sr. Montiel, valorado de acuerdo a las reglas de la sana crítica, éste afirma que en cuanto al actual límite Norte del denominado Lote N° 31, éste presenta una longitud de solo 7,4 metros, y que el faltante, para alcanzar lo indicado en el título de dominio, (10 metros), se reparte, entre los lotes N°32 (Demandado), que ocupa: 0,8 metros y el Lote N° 30, que ocu
Texto Completo (Preview)
Santiago, cuatro de febrero de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en el procedimiento ordinario sobre acción reivindicatoria, seguido ante el Primer Juzgado Civil de Valparaíso, bajo el Rol C-930-19 caratulado “CATALÁN / ZUBELDIA”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo, interpuesto por la parte demandante en contra de la sentenci
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica