BRESCHI / SERVICIO NACIONAL MIGRACIONES
Rol
Fecha
10 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1 se recurre en favor de Willet Vilme; Richard Gustavo Guzmán Lamon; Jenny Desilma; Carlos Antonio Muñoz Sereno; Huizhu Li; Anarella Milagro Breschi Díaz, todos individualizados en el recurso, quienes interponen acción de Protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de residencia definitiva, realizada en las fechas indicadas en el libelo, por afectar el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República. Refieren que decidieron solicitar su residencia definitiva, sin que a la fecha se haya dado respuesta a sus requerimientos. Destaca que conforme a la Ley N°19.880 el procedimiento se impulsará de oficio en todos sus trámites, debiendo actuar por propia iniciativa en la iniciación del procedimiento de que se trate y en su prosecución, haciendo expeditos los trámites que debe cumplir el expediente y removiendo todo obstáculo que pudiere afectar a su pronta y debida decisión, evitando trámites dilatorios. Solicita en definitiva que el órgano recurrido se pronuncie sobre las solicitudes, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Que, se prescindió del informe de la recurrida. Sin perjuicio de lo expuesto, previo a la audiencia el Servicio hizo presente que las solicitudes de los recurrentes se encuentran en tramitación, dando cuenta del detalle de cada caso. Que, se ordena traer los autos en relación. 06-08-2021.ecurrente:a: 04-08-2021 como residente temporario,le. a la fecha,, para que remita copia de las cartolas bancarias dCON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO. Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la eventual omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento sobre la solicitud de residencia definitiva de los recurrentes.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge el recurso de protección deducido en favor de Willet Vilme; Richard Gustavo Guzmán Lamon; Jenny Desilma; Carlos Antonio Muñoz Sereno; Huizhu Li; Anarella Milagro Breschi Díaz, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, ordenándose a la autoridad migratoria recurrida que dentro del plazo de sesenta días hábiles, emita pronunciamiento, como en derecho corresponda, sobre la solicitud de residencia definitiva presentada. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-172639-2022.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, diez de marzo de dos mil veintitrés. Visto: A folio 1 se recurre en favor de Willet Vilme; Richard Gustavo Guzmán Lamon; Jenny Desilma; Carlos Antonio Muñoz Sereno; Huizhu Li; Anarella Milagro Breschi Díaz, todos individualizados en el recurso, quienes interponen acción de Protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitrari
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