JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA

SINDICATO N°1 DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA ANTOFAGASTA STORES CO. S.A./COMERCIAL ECCSA S.A.

Rol

Fecha

9 de marzo de 2023

Materia

OTRAS MATERIAS SINDICALES

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: En causa rol Corte 569-2022 laboral/cobranza, proveniente del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, Rit S-23-2021, RUC 21-4-0369346-1, sobre Prácticas antisindicales en procedimiento de tutela laboral, caratulada “Sindicato de Trabajadores de la Empresa Antofagasta Stores CO.S.A”, se ha interpuesto recurso de nulidad por el abogado Marko Tapia Canihuante, en representación del demandante, en contra de la sentencia definitiva de fecha veintidós de octubre de dos mil veintidós, dictada por el Juez Carlos Eduardo Campillay Robledo, que resolvió: “I. Que, se rechaza en todas sus partes la denuncia por práctica antisindical interpuesta por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA ANTOFAGASTA STORES CO. S.A., RUN N° 65.089.510-K, en contra de la empresa COMERCIAL ECCSA S.A., RUN N° 83.382.700-6, ya individualizados. II.- Que cada parte pagará sus costas El recurso se fundamenta en una causal: a.- La del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, esto es, por ser necesario alterar la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior. Pide concretamente que se invalide la sentencia recurrida y dictando en su lugar sentencia de reemplazo conforme a derecho, acogiendo la demanda de autos por denuncia de prácticas antisindicales, con costas del recurso. Con fecha seis del mes en curso, se efectuó la vista del recurso, interviniendo el abogado recurrente, y la recurrida, quedando la audiencia registrada en el sistema de audio y la causa en estado de estudio. Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: En relación con la única causal, que se invoca, señala: “como se reconoce en el considerando undécimo, la sentencia reconoce la existencia de despidos masivos, conforme a la prueba documental acompañada por ambas partes, pero estima que dicha decisión se enmarca en un proceso masivo de despidos realizados por la denunciada a nivel nacional. Sin embargo, para los efectos de la denuncia de autos, lo relevante es la masividad de los despidos producidos en la Tienda Antofagasta, a la cual pertenecen los socios y socias del Sindicato denunciante, por lo que debe sustraerse el análisis respecto de los despidos a nivel nacional, puesto que ninguna prueba aportó la denunciada en orden a que tales despidos ocurridos en otras tiendas de la denunciada hayan generado una disminución en el quorum de otros sindicatos distintos al denunciante”

Fallo

Por tanto, no cabe entender la conducta del Empleador por el solo hecho que a nivel nacional hubo tales despidos. En cuanto al otro argumento que se señala en la sentencia, en el mismo considerando, con el fin de descartar un ánimo antisindical, es la contingencia generada con el Estallido social, pandemia y razones de índole económica que se traducen en cambio de modelo de negocio, sin embargo, este argumento tampoco permite descartar una conducta antisindical. En especial si todas las cartas de despido enviada a los socios y socias son iguales en sus causales y hechos fundantes y por tanto, reitera, la situación denunciada debe analizarse dentro del contexto de la ciudad denunciada, Antofagasta y no a nivel país. De igual manera se hizo valer que el despido de los trabajadores como conducta antisindical, representa una baja en la cuota sindical, asociada al descuento en la remuneración de cada socio, de lo que se hace cargo la sentencia en el considerando DUODECIMO, señalando el Recurrente, que se encuentra asentado la baja del patrimonio sindical por el despido de los socios que percibían comisiones por venta y su reemplazo por trabajadores que no perciben comisiones, es en esta conclusión fáctica que se produce el vicio y debe procederse a una recalificación jurídica: la decisión de despido de trabajadores con comisiones y la contratación de trabajadores sin comisiones y, por tanto, que perciben menores remuneraciones y pagan menos cuota sindical es una decisión entrega

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Antofagasta, nueve de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS: En causa rol Corte 569-2022 laboral/cobranza, proveniente del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, Rit S-23-2021, RUC 21-4-0369346-1, sobre Prácticas antisindicales en procedimiento de tutela laboral, caratulada “Sindicato de Trabajadores de la Empresa Antofagasta Stores CO.S.A”, se ha interpuesto recurso de nulidad por el abogad

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