SIN INFORMACION

SANTA/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA

Rol

Fecha

9 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: La comparecencia de Stephanie Santa Suárez, C.I. N°23.913.004-6, domiciliada en Manuel Antonio Matta 3255 de Antofagasta, quien deduce acción de protección en contra del Depto. de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por vulnerar la garantía contemplada en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, solicitando se ordene al Departamento de Extranjería y Migración, pronunciarse sobre la solicitud de Carta de Nacionalización en el más breve plazo. Informó el recurrido, solicitando el rechazo de la acción. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso se funda en la existencia de una omisión ilegal y arbitraria, consistente en no emitir pronunciamiento sobre la solicitud de carta de nacionalización de fecha 5 de enero de 2021, vulnerando con ello las garantías constitucionales consagradas en los artículos 19 N° 2 de la Constitución Política de la República y los principios de celeridad, conclusivo, de economía procedimental e inexcusabilidad contenidos en la Ley N° 19.880. Indica que solicitó la Carta de Nacionalización el de enero de 2021, por el Portal de Trámites Digitales del Departamento de Extranjería y Migración, luego el 10 de junio de 2021, recibió notificación por parte del Departamento de Extranjería y Migración que indicaba “Solicitud incompleta o insuficiente, otorga plazo para subsanar”, otorgándole 5 días hábiles para subsanar, por lo que acompañó los documentos faltantes el 13 de junio de 2021. Añade que en el mes de julio de 2021, recibió una citación por parte de la Policía de Investigación para ser entrevistada según requiere el procedimiento para optar a la carta de nacionalización chilena, apersonándose a las dependencias de la Policía de Investigación de Antofagasta y respondió toda la información requerida por el funcionario de la PDI en dicha entrevista. Refiere que el 12 de junio de 2022 se puede visualizar el recibo de pago de la carta de nacionalización con número de folio N°1007956446, pagando el día 13 de junio de 2022, siendo recepcionado el pago ese mismo día. Afirma que desde el 9 de agosto del 2022 no presenta ningún avance del trámite según la página de extranjería y migración. Por lo anterior, pidió se restablezca el imperio del derecho, ordenando a la recurrida a pronunciarse sobre la solicitud de Carta de Nacionalización presentada con fecha 17 de Enero de 2021, otorgándola, cumplidos todos los requisitos legales, en el plazo más breve posible. SEGUNDO: Que informó la abogada Pamela Ahumada Zamorano, en representación del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción y de la condena en costas, por no existir acción u omisión ilegal o arbitraria que pueda vulnerar los derechos invocados por el recurrente. Señala que el 15 de febrero de 2021 doña Stephanie Santa Suarez, de nacionalidad colombiana, solicitó carta de nacionalización con ID N°3335409, luego el 9 de junio de 2021 se envió a la casilla electrónica de la recurrente comunicación en la que se le informa que su solicitud de Carta de Nacionalización no reúne los requisitos exigidos por la legislación vigente, dado que no adjuntó la documentación requerida, otorgándosele un plazo de 5 días hábiles, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 19.880, y así continuar con la tramitación de la solicitud, Remitiendo la recurrente la documentación con fecha 13 de julio de 2013. Destaca que el 30 de agosto de 2022, por Oficio Ordinario N°50920, el Servicio remitió el proyecto de decreto de Carta de Nacionalización al Ministerio

Fallo

Por estas consideraciones, y atendido además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA sin costas, el recurso de protección deducido por Stephanie Santa Suárez en contra del Depto. de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, actual Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Regístrese y comuníquese. Rol 518-2023 (PROT)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a nueve de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS: La comparecencia de Stephanie Santa Suárez, C.I. N°23.913.004-6, domiciliada en Manuel Antonio Matta 3255 de Antofagasta, quien deduce acción de protección en contra del Depto. de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por vulnerar la garantía contemplada en el artículo 19 N°2 de la Constitución Polític

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