CARRANCA / SERVICIO NACIONAL MIGRACIONES
Rol
Fecha
10 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: Que comparecen Yelitza Del Carmen Linares Contreras, de nacionalidad venezolana, Harold Williams Guerra Carranca, de nacionalidad cubana, Idania Carranca Calviart, de nacionalidad cubana, Yohana Castillo Martínez, de nacionalidad cubana, Dairin José Marcano Moreno, de nacionalidad venezolana y Andrea Alexandra González Ramírez, de nacionalidad venezolana, quienes interponen recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Thayer Correa, ambos domiciliados en calle San Antonio N°580, Sexto Piso, Santiago. Señalan que presentaron, con fecha 4 de mayo de 2021, 22 de febrero de 2021, 22 de febrero de 2021, 22 de febrero de 2021, 16 de agosto de 2021 y 28 de enero de 2021, solicitudes de residencia definitiva y que la autoridad migratoria todavía no las resuelve, habiendo transcurrido más de seis meses, omisión que constituye una infracción a lo establecido en el artículo 27 de la Ley N°19.880, que dispone que “salvo caso fortuito o fuerza mayor, el procedimiento administrativo no podrá exceder de 6 meses, desde su iniciación hasta la fecha en que se emita la decisión final”. Estima vulnerada la garantía constitucional de igualdad ante la ley, contemplada en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República y solicita que se acoja el recurso y que se ordene a la recurrida resolver la solicitud a la brevedad. Que se prescindió del informe de la autoridad recurrida y se trajeron los autos en relación.
Fundamentos
Considerando: Que, del mérito de los antecedentes, se concluye que la recurrida no ha dado respuesta a las solicitudes presentadas por los recurrentes, no obstante el término de seis meses que tiene para ello se encuentra vencido, conducta que supone una dilación excesiva en el procedimiento y,
Fallo
por tanto, implica una omisión ilegal que contraviene los principios de celeridad y conclusivo establecidos en los artículos 7 y 27 de la Ley N° 19.880, conculcando la garantía consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, razón por la cual se acogerá esta acción en los términos que se indicarán. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Yelitza Del Carmen Linares Contreras, Harold Williams Guerra Carranca, Idania Carranca Calviart, Yohana Castillo Martínez, Dairin José Marcano Moreno y Andrea Alexandra González Ramírez en contra del Servicio Nacional de Migraciones y se dispone, en consecuencia, que la autoridad recurrida concluya la tramitación y emita el pronunciamiento que en derecho corresponda sobre las solicitudes formuladas por los recurrentes, dentro del plazo de sesenta días hábiles contados desde que la presente sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, notifíquese y, en su oportunidad, archívese. N°Protección-1010-2023.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A.Valparaíso. Valparaíso, diez de marzo de dos mil veintitrés. Visto: Que comparecen Yelitza Del Carmen Linares Contreras, de nacionalidad venezolana, Harold Williams Guerra Carranca, de nacionalidad cubana, Idania Carranca Calviart, de nacionalidad cubana, Yohana Castillo Martínez, de nacionalidad cubana, Dairin José Marcano Moreno, de nacionalidad venezolana y Andrea Alexandra González Ra
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