2º JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE TALCA

BRAVO/INMOBILIARIA ALTO MAULE LIMITADA

Rol

Fecha

9 de marzo de 2023

Materia

INFRACCIÓN LEY SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada de fecha 14 de junio de 2022, escrita de fojas 156 a 158, con excepción de 26 de abril de 2017, con excepción de su fundamento tercero, que se elimina. Y SE TIENE, ADEMÁS, EN CONSIDERACIÓN: PRIMERO: Que, el artículo 50 A de la Ley N°19.496, otorga competencia absoluta a los Juzgados de Policía Local respecto de “…todas las acciones que emanan de esta ley”; excluyendo expresamente sólo las hipótesis contempladas en el inciso segundo del artículo 50 Letra A, en cuanto preceptúa: “Lo dispuesto en el inciso anterior no se aplicará a las acciones mencionadas en la letra b) del artículo 2 bis, emanadas de esta ley o de leyes especiales, incluidas las acciones de interés colectivo o difuso derivadas de los artículos 16, 16 A y 16 B de la presente ley, en que serán competentes los tribunales ordinarios de justicia, de acuerdo a las reglas generales.”.- De otro lado, conforme a lo prevenido en el artículo 2° letra e), de la Ley en comento, se encuentran sometidos a la misma, “e) Los contratos de venta de viviendas realizadas por empresas constructoras, inmobiliarias y por los Servicios de Vivienda y Urbanización, en lo que no diga relación con las normas sobre calidad contenidas en la ley Nº 19.472”. SEGUNDO: Que, para la resolución de controversia planteada en autos, cabe tener en consideración que, en la especie, se ha denunciado por el actor una infracción a la Ley N°19.496, sobre protección a los consumidores, específicamente los derechos garantizados en los artículos 3° letra b) y 12° de dicho cuerpo normativo, en relación con el contrato de promesa de venta suscrito entre las partes con fecha 4 de marzo de 2021, en cuya virtud la empresa Inmobiliaria Alto Maule Limitada, prometió vender a doña Javiera Isabel Bravo Gutiérrez y don José Ignacio Loyola Pinochet, la propiedad denominada unidad 35 del Condominio Alto Maule, ubicado en la comuna de Maule. Lo anterior, se sustenta en la infracción que se atribuye a la Inmobiliaria

Texto Completo (Preview)

Talca, nueve de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada de fecha 14 de junio de 2022, escrita de fojas 156 a 158, con excepción de 26 de abril de 2017, con excepción de su fundamento tercero, que se elimina. Y SE TIENE, ADEMÁS, EN CONSIDERACIÓN: PRIMERO: Que, el artículo 50 A de la Ley N°19.496, otorga competencia absoluta a los Juzgados de Policía Local respecto

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