SIN INFORMACION

MONTENEGRO / TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE VIÑA DEL MAR

Rol

Fecha

9 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: Que en folio 1, comparece Camilo Rore Guerrero, Defensor Penal Publica, quien interpone recurso de amparo a favor de Hernán Reinaldo Montenegro Valenzuela, 59 años, acusado en causa Rit 222-2022 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, en contra de la resolución dictada el 28 de febrero pasado, por los jueces Roana Valenzuela Reyes, Fernán Rioseco Pinochet y Alonso Arancibia Rodríguez, en que ilegalmente no dieron lugar a la solicitud de suspensión de procedimiento hecha por su parte, basada en lo dispuesto en el artículo 458 del Código Procesal Penal, lo que afecta la libertad personal y seguridad individual del amparado, según expone. Indica que la causa referida se inició con un control de detención de 20 de mayo de 2021,en que se formalizó al imputado por los delitos de receptación de especies y tráfico de drogas, del artículo 3° de la Ley N°20.000, imponiéndosele las medidas cautelares de arresto domiciliario total y arraigo nacional. El 14 de octubre de 2021 se presentó acusación en su contra, por los mismos delitos referidos. En tanto, el 4 de mayo de 2022 se prepara el juicio oral, dictándose el respectivo auto de apertura. Refiere que en audiencia de 11 de agosto de 2022 la Defensa tomó conocimiento del estado físico del amparado, esto es, postrado, por lo que justificó su ausencia y solicitó reprogramación, la que se fijó para el 3 de enero de 2023. Para esta última audiencia, la defensa acompañó informe psicológico del acusado y pide se declare la suspensión del procedimiento, de conformidad al artículo 458 del Código Procesal Penal, o bien, el sobreseimiento temporal siendo rechazadas ambas peticiones. El juicio fue reprogramado para el 19 de mayo de 2023, y se ordenó al Servicio Médico Legal examinar las condiciones físicas de salud del acusado y si se encuentra en condiciones de enfrentar la realización de un juicio oral. Una vez arribado tal informe, la defensa solicitó fijar audiencia para discutir el sobreseimiento definiti

Fallo

Por tanto, la combinación de los factores antes señalados (discapacidad física que genera dolor constante y rendimiento intelectual limítrofe) configuran un escenario en él que no sería recomendable su participación en el juicio que se sigue en su contra, pues no tendría las condiciones adecuadas que le permitan una cabal comprensión de dicho proceso ni el alcance de sus propios dichos en una eventual declaración. El rendimiento intelectual limítrofe indica que las capacidades funcionales a nivel cognitivo se encuentran por debajo de los rangos de normalidad clínica y estadística, lo que se vería aún más en detrimento por las distracciones, ansiedades y sufrimientos que le provocan su paraplejia”). Por otro lado, en el informe físico emanado del Servicio Médico Legal, se indica, en la sección “observaciones” que existe un compromiso neurológico , pues afirma: “Espondilodiscitis (ED) es la afección espinal de origen infeccioso que puede involucrar a cuerpos vertebrales, espacios y discos intervertebrales adyacentes, como parte del mismo proceso patológico, con síntomas y signos como el dolor axilar, seguido de compromiso neurológico, caracterizado por parapesia, paraplejia o retención urinaria”. Señala que tanto el informe sicológico como el físico, emanado del Servicio Médico Legal, dan cuenta de indicios del supuesto del artículo 458 del Código Procesal Penal. Sin embargo, en la resolución objeto del presente recursos, los jueces rechazaron tal petición por entender que el

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, nueve de marzo de dos mil veintitrés. Visto: Que en folio 1, comparece Camilo Rore Guerrero, Defensor Penal Publica, quien interpone recurso de amparo a favor de Hernán Reinaldo Montenegro Valenzuela, 59 años, acusado en causa Rit 222-2022 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, en contra de la resolución dictada el 28 de febrero pasado, por los jue

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