ELECTROFER S.A CON SOCIEDAD JACQUELINE FERNANDEZ R
Rol
Fecha
9 de marzo de 2023
Materia
FACTURA, COBRO DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido que el cálculo de los reajustes e intereses debe efectuarse desde la fecha de vencimiento de las facturas y no desde la época que se indica en el documento contable acompañado por el recurrente y considerando, además, que no se observan errores aritméticos o de cálculo en las liquidaciones que obran en autos, que perjudiquen a la parte deudora, no cabe más que confirmar la resolución en alzada. Por lo anterior y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, en lo apelado, la resolución de ocho de agosto de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Letras de San Vicente, en causa ROL C-77-2013. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 1083-2022.Civil.-
Texto Completo (Preview)
//mjcv C.A. de Rancagua Rancagua, nueve de marzo de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido que el cálculo de los reajustes e intereses debe efectuarse desde la fecha de vencimiento de las facturas y no desde la época que se indica en el documento contable acompañado por el recurrente y considerando, además, que no se observan errores aritméticos o de cálculo en las liquidaciones que obran en autos,
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