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Rol
Fecha
14 de marzo de 2023
Materia
MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: ON oe o N°5: DESE CUENTA.acompañarse con citaci el penQue el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley. Que del mérito de autos consta que la resolución materia del presente recurso no hace procedente la interposición del recurso de apelación atendida su naturaleza jurídica, en los términos precisados precedentemente. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha veintiuno de febrero de dos mil veintitrés (cuaderno de apremio ejecutivo), en contra de la resolución de veinte de febrero del año en curso. Comuníquese. N°Civil-2993-2023.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha veintiuno de febrero de dos mil veintitrés (cuaderno de apremio ejecutivo), en contra de la resolución de veinte de febrero del año en curso. Comuníquese. N°Civil-2993-2023.
Texto Completo (Preview)
chv C.A. de Santiago (Sala Tramitadora). Santiago, catorce de marzo de dos mil veintitrés. Póngase en conocimiento de las partes la constancia que antecede, para los efectos previstos en el artículo 125 del Código de Procedimiento Civil. Sin perjuicio de que la minuta remisora elevada a esta Corte señala erróneamente el año en que fue dictada la resolución recurrida, el año en que fue interpuesto
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