JUZGADO DE GARANTIA DE COLINA

C/ WILLIAM ALEJANDRO FUENTES ROJAS

Rol

Fecha

9 de marzo de 2023

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Por los argumentos señalados en esta audiencia y que constan en el registro de audio respectivo y de conformidad a los artículos 39 y 41 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintiocho de febrero del presente año, dictada que rechazó decretar la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado WILLIAM ALEJANDRO FUENTES ROJAS. Sin perjuicio de lo anterior y lo dispuesto en el inciso penúltimo del artículo 155 del Código Procesal Penal, el Juzgado de Garantía deberá disponer todas las actuaciones y comunicaciones adecuadas y pertinentes para que las medidas cautelares impuestas en dicha sede jurisdiccional se garanticen efectivamente en favor de la ofendida. Comuníquese. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, nueve de marzo de dos mil veintitrés. Sala: Sexta Rol Corte: Penal-1117-2023 Ruc: 2300221256-0 Rit : O-1011-2023 Juzgado: JUZGADO DE GARANTIA DE COLINA Integrantes: el Ministro señor Alejandro Aguilar Brevis, el Ministro (S) señor Sergio Enrique Padilla Farias y el Abogado Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida Relator: Leyla Escobar Digitador (a): Carol

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