TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL SAN ANTONIO

DIEGO IGNACIO GALARCE MUNOZ C/ DIEGO IGNACIO FLORES RAMIREZ

Rol

1649-2022

Fecha

2 de febrero de 2022

Materia

Reforma

Resultado

DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER NULIDAD A LA CORTE

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Hechos

Vistos: 1° Que la defensa de Luis Pailamilla Soto, recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, por la cual fue condenado como autor del delito de robo con intimidación. 2° Que por el recurso, se ha invocado conjuntamente las causales del artículo 373 tanto aquella signada con la letra A) y aquella de la letra B) del Código Procesal Penal, señalando entre otras infringido el principio de exclusividad de la investigación por parte del Ministerio Público, así como cuestiona la prueba que permitió arribar a la decisión de condena respecto de su representado. 3° Que el Ministerio Público, solicitó la inadmisibilidad del líbelo intentado primeramente por la forma de interposición de las causales así como por falta de fundamentos. 4° Que según se desprende de la atenta lectura del libelo, no obstante los evidentes defectos formales del mismo, que lo que se reprocha por la letra a) y b) del artículo 373, podría constituir un reclamo propio de la causal del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, toda vez, que en definitiva el sustento de su motivo de invalidación, es un reclamo a la valoración de la prueba y la fundamentación de la sentencia; razón por la cual, se procederá en la forma que autoriza el artículo 383 de ese cuerpo legal. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Valparaíso, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 1649-22.

Fallo

Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Valparaíso, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 1649-22.

Texto Completo (Preview)

Santiago, dos de febrero de dos mil veintidós. Vistos: 1° Que la defensa de Luis Pailamilla Soto, recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, por la cual fue condenado como autor del delito de robo con intimidación. 2° Que por el recurso, se ha invocado conjuntamente las causales del artículo 373 tanto aquella signada con la letra A)

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