C.A. de Santiago

HOLSTEIN GUEVARA CAROLINA CONTRA DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA

Rol

3001-2022

Fecha

2 de febrero de 2022

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus

Fundamentos

fundamentos cuarto y quinto que se eliminan. Y se tiene, en su lugar y además, presente: Primero: Que la acción de amparo encuentra su fundamento en la dictación, por parte del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en la Resolución Exenta N° 45319 de 11 de julio del año pasado, que a su vez deja sin efecto la Resolución Exenta Nº180955 del 20 de octubre de 2020 -que otorgó a la amparada visa de residente temporal por vínculo con chileno en condición de Titular por el periodo de un año-, rechaza la solicitud de residencia presentada y se dispone su abandono del país en el plazo de 60 días Segundo: Que el fundamento que tuvo en consideración la Administración para rechazar la petición, según se lee en la resolución recurrida, fue el hecho que la amparada no acompañó los documentos requeridos por la autoridad. Tercero: Que en este orden de ideas la decisión ministerial revisada, no satisface las exigencias de razonabilidad y proporcionalidad contempladas en el artículo 8° de la Constitución Política de la República y artículos 1,2, 3, 17 y 41 de la Ley N 19.880, que "Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado", al desatender las circunstancias de arraigo familiar de la amparada, quien tiene una hija y pareja chilena, así como las demoras inherentes a la situación sanitaria vivida en el país. Cuarto: En virtud de lo anterior y considerando la afectación que ello le genera en el derecho a la libertad personal, el presente recurso será acogido.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de dieciocho de enero de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N°127-22 , en cuanto rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Carolina Hosltein Guevara y en su lugar se acoge, dejándose sin efecto la Resolución Exenta N° 45319 de 25 fecha 11 de julio de 2021, emitida por el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, quien deberá en consecuencia otorgar a la amparada un plazo para acompañar la documentación requerida no inferior a sesenta días para efectos continuar con la tramitación de la aludida solicitud. Se previene que el Ministro Suplente Sr. Biel, estuvo por confirmar la sentencia apelada otorgándole a la amparada un plazo de 30 días para acompañar la documentación requerida. Comuníquese lo resuelto por la vía más expedita. Regístrese y devuélvase. N° 3001-2022

Texto Completo (Preview)

Santiago, dos de febrero de dos mil veintidós. Al escrito folio 8761-2022: a lo principal y primer otrosí, téngase presente; la segundo otrosí, a sus antecedentes. Al escrito folio 8781-2022: a lo principal y primer otrosí, téngase presente; al primer otrosí, a sus antecedentes. Al escrito folio 8785-2022: a todo, téngase presente. Al escrito folio 8808-2022: a sus antecedentes. Vistos: Se re

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