CAREN DANITZA FIGUEROA MARTÍNEZ C/ JOSÉ LUIS ESPERGUE LUEIZA
Rol
Fecha
9 de marzo de 2023
Materia
LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Teniendo únicamente presente que una o más de las medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal en relación con el artículo 9 de la Ley 20.066 son suficientes para asegurar los fines del procedimiento, y conforme lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de uno de marzo de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Garantía de La Ligua y, en su lugar, se declara que la medida cautelar de prisión preventiva se deja sin efecto respecto del imputado José Luis Espergue Lueiza. Dese orden inmediata de libertad si no estuviere privado de ella por otra causa. Comuníquese de inmediato por la vía más expedita. N°Penal-516-2023. No firma la Ministra (S) Sra. Valeria Echeverría Vega, no obstante concurrir a la vista y resolución, por imposibilidad técnica con su dispositivo token.
Fallo
se declara que la medida cautelar de prisión preventiva se deja sin efecto respecto del imputado José Luis Espergue Lueiza. Dese orden inmediata de libertad si no estuviere privado de ella por otra causa. Comuníquese de inmediato por la vía más expedita. N°Penal-516-2023. No firma la Ministra (S) Sra. Valeria Echeverría Vega, no obstante concurrir a la vista y resolución, por imposibilidad técnica con su dispositivo token.
Texto Completo (Preview)
,Vim. C.A. Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a nueve de marzo de dos mil veintitrés, siendo las 10:21 horas, ante la Tercera Sala de esta Corte de Apelaciones, integrada por el Ministro Sr. Pablo Droppelmann Cuneo, quien preside, la Ministra Sra. (S) Valeria Echeverría Vega y la Fiscal Judicial Sra. Jacqueline Nash Álvarez, constituida para la vista del recurso de apelación deducido por
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