MENDOZA DE CAMACHO RUBI/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rol
Fecha
8 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Primero: Que interpone recurso de amparo a favor de doña Rubi Mercedes Mendoza de Camacho, venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en razón de haber incurrido en omisiones y acciones ilegales que han afectado el derecho de la libertad ambulatoria de la amparada, consagrado en el artículo 19 N° 7 letra a) de la Carta Fundamental. Indica que ingresó al país de manera regular y por pasos habilitados, junto a su marido y sus dos hijos, un nieto y su madre. Posteriormente en Chile, nacieron dos nietos. Respecto de la situación migratoria de la actora, menciona que ingresa al territorio nacional el año 2018 como turista, luego solicita visa profesional, con la finalidad de poder establecerse a través de residencia temporaria, la cual fue otorgada con un periodo de vigencia desde agosto de 2019 hasta agosto de 2020. Posteriormente, en septiembre de 2020, ingresa solicitud de prórroga de visa, de la cual indica que no ha obtenido respuesta, decidiendo el 17 de mayo de 2022 ingresar una nueva solicitud, donde se dio cuenta que tenía una multa sin pagar, que desconocía su origen, pero que aun así decidió pagar, ingresando su segunda solicitud. Añade que el 16 de enero de 2023 el Servicio Nacional de Migraciones comunica a la amparada, que no era posible admitir a tramitación su solicitud de cambio de categoría de residencia temporal pues registraría rechazo del permiso de residencia, mediante la cual se dispuso su abandono del territorio nacional. Agrega, que ella no solicitó ningún tipo de cambio de categoría y que tampoco se le notificó el rechazo de su solicitud de prórroga de visa, y no se le concedió un plazo para subsanar, creyendo que el rechazo se podía deber a falta de algún documento. Refiere que hasta la fecha de interposición de la presente acción no ha sido notificada de ninguna de las resoluciones antes mencionadas y que la orden de abandono del país constituye una afectación al
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, por haber perdido oportunidad, el recurso deducido en la petición principal de la presentación de fecha 16 de febrero de este año. Regístrese y, oportunamente, archívese. N°Amparo-365-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, ocho de marzo de dos mil veintitrés. A los escritos folios 13 y 15: a lo principal, téngase presente. Al otrosí, a sus antecedentes. Al escrito folio 14: a todo, téngase presente. VISTOS: Primero: Que interpone recurso de amparo a favor de doña Rubi Mercedes Mendoza de Camacho, venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y del Ministerio del Interior y S
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica