MOISES EDUARDO RIOS MUÑOZ Y OTROS CON CLUB HIPICO DE CONCEPCION S.A. Y OTRA. ACUMULADA ROL 1698-2022
Rol
Fecha
8 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADAS SIN COSTAS
Hechos
VISTO: En ambas resoluciones apeladas se elimina en el
Fundamentos
considerando quinto, párrafo tercero, la expresión “por falta de servicio”. SE CONFIRMAN, sin costas, las resoluciones de seis de julio de dos mil veintidós, dictadas por el Segundo Juzgado Civil de Concepción y escritas en folios 6 y 7 del cuaderno de excepciones dilatorias de su causa rol C-1381-2022. Acordada con el voto en contra de la ministra Nancy Bluck Bahamondes, quien estuvo por revocar las resoluciones en alzada y rechazar las excepciones dilatorias opuestas por las demandadas, teniendo únicamente presente que los argumentos esgrimidos por las demandadas para sustentarlas no dicen relación con la corrección del procedimiento, sino con reparos que apuntan más bien al correcto entendimiento de las acciones interpuestas por el demandante, lo que eventualmente pudiera ser constitutivo de la excepción contemplada en el artículo 303 numerando 4 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase. N°Civil-1697-2022 y acumulada 1698-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción FGFÁ /xsr Concepción, ocho de marzo de dos mil veintitrés. VISTO: En ambas resoluciones apeladas se elimina en el considerando quinto, párrafo tercero, la expresión “por falta de servicio”. SE CONFIRMAN, sin costas, las resoluciones de seis de julio de dos mil veintidós, dictadas por el Segundo Juzgado Civil de Concepción y escritas en folios 6 y 7 del cuaderno de excepciones d
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica