SIN INFORMACION

LIDER DOMICILIO VENTAS Y DISTRIBUCIÓN LIMITADA/

Rol

Fecha

8 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece en representación de LIDER DOMICILIO VENTAS Y DISTRIBUCIÓN LTDA, en relación a los autos rol N° 21.266-2022-5, sobre denuncia por infracción a la ley N° 19.496 caratulados “Vergara con Líder Domicilio Ventas y Distribución Ltda.”, en procedimiento ante Juzgado de Policía Local de Recoleta. Que, interpone recurso de hecho en contra de la resolución dictada por el juez de la instancia don Edmundo Lema Serrano de fecha 7 de noviembre de 2022, por la cual rechaza admitir a tramitación recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva dictada el 26 de octubre del mismo año. Indica que al ser notificado el 27 de octubre 2022, presentó recurso de apelación con fecha 3 de noviembre de dicho año. Menciona que el recurso cumple con los requisitos de admisibilidad, toda vez que se interpuso en contra una resolución susceptible de ser impugnada e interpuesta dentro de plazo legal, debidamente fundado y contiene peticiones concretas. Por lo que pide, acoger el presente recurso y admitir a tramitación el recurso de apelación presentado en contra la sentencia definitiva ya referida, disponiendo elevar los antecedentes para el conocimiento de esta Corte. Segundo: Que, evacua informe solicitado por esta Corte, don Edmundo Serrano Lama, Juez del Primer Juzgado de Policía Local de Recoleta, desarrollando una pequeña reseña del recurso interpuesto e indica que la apoderada de la demandada, por escrito, con cargo del tribunal con fecha 3 de noviembre de 2022 rolante a fojas 45, interpuso recurso de apelación en contra de la sentencia, limitándose a señalar la inexistencia de la infracción, aduciendo que su representada, con fecha 27 de enero de 2022, habría emitido una nota de crédito por el valor del módulo faltante. En subsidio, habría objetado la excesiva cuantía de la multa solicitando rebaja prudencial y lo mismo respecto de la suma concedida por daño moral, entendiendo que el demandante con ello obtendría un enriqueci

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho y formula peticiones concretas, por cuanto esta Corte acogerá el presente recurso.

Fallo

Por estas consideraciones, y teniendo además presente lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho, interpuesto por la abogada doña Karin Rosenberg Dupré, en representación de Líder Domicilio Ventas y Distribución Ltda, en contra de la resolución de siete de noviembre de dos mil veintidós, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Recoleta, y en consecuencia, se concede el recurso de apelación deducido en contra de la sentencia dictada en los autos en causa Rol N° 21.266-2022-5, con fecha veinticuatro de octubre de dos mil veintidós, debiendo el tribunal a quo remitir a esta Corte todos los antecedentes necesarios para su conocimiento y resolución. Comuníquese por la vía más rápida lo resuelto al Primer Juzgado de Policía Local de Recoleta. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Policía Local-2337-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, ocho de marzo de dos mil veintitrés. A los escritos folios 14 y 15: téngse presente. Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece en representación de LIDER DOMICILIO VENTAS Y DISTRIBUCIÓN LTDA, en relación a los autos rol N° 21.266-2022-5, sobre denuncia por infracción a la ley N° 19.496 caratulados “Vergara con Líder Domicilio Ventas y Distribución Ltda.”, en pr

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