SIN INFORMACION

BANCO DE CHILE/

Rol

Fecha

8 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que comparece don Alberto Sordo Bisbal, abogado, en representación de Banco de Chile, parte demandante en causa rol 26.442-2021-3, seguido ante el 2° Juzgado de Policía Local de Ñuñoa, deduciendo verdadero recurso de hecho en contra de la resolución pronunciada el día 12 de enero de 2023, que tuvo por no interpuesto el recurso de apelación presentado el 21 de diciembre de 2022 en contra de la sentencia de fecha 27 de octubre de 2022, notificada el 16 de diciembre de ese año mediante carta certificada, por no haber acompañado copia de la resolución recurrida dentro del plazo fijado por el tribunal, decisión que estima arbitraria e ilegal ya que le impone una carga procesal no prevista en el ordenamiento jurídico. 3° Que, al evacuar su informe, la recurrida señaló que el recurso no fue concedido por haber sido deducido en forma extemporánea, ya que, según los registros del tribunal, la sentencia definitiva fue notificada por carta certificada el día 06 de diciembre de 2022 a la habilitada Constanza Valdés Benítez, en representación de Banco de Chile, por lo que, al haberse deducido el recurso el día 21 de diciembre este era extemporáneo. Agrega que, sin perjuicio de aquello, mediante resolución pronunciada el día 29 de diciembre, se ordenó al apelante acompañar, dentro de tercero día, el original de la carta certificada mediante la cual se le notificó la sentencia recurrida, habida consideración que, en su escrito, señaló haberla recibido el día 16 de diciembre de 2022, apercibiéndolo en ese mismo acto de tener por no presentado el escrito en caso de incumplimiento. De esta forma, precisa que, al no haber dado cumplimiento a lo ordenado, es aplicable el inciso tercero del artículo 18° de la ley 18.287, en cuanto debe entenderse practicada la notificación por carta certificada al quinto día contado desde la fecha de recepción en la oficina de Correos respectiva. 3° Que, si bien, del mérito de los antecedentes acompañados por el tribuna

Fallo

Por estas consideraciones, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 203 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el verdadero recurso de hecho interpuesto por la parte demandante Banco de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Policía Local 405-2023 Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por los Ministros señora Graciela Gomez Quitral, señora Veronica Cecilia Sabaj Escudero y el Abogado Integrante señor Rodrigo Asenjo Zegers. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, ocho de marzo de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, ocho de marzo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: 1° Que comparece don Alberto Sordo Bisbal, abogado, en representación de Banco de Chile, parte demandante en causa rol 26.442-2021-3, seguido ante el 2° Juzgado de Policía Local de Ñuñoa, deduciendo verdadero recurso de hecho en contra de la resolución pronunciada el día 12 de enero de 2023, que tuvo por n

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