SAAVEDRA MAGALLON RODRIGO/CARABINEROS DE CHILE - POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
8 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: 1°.- Que compareció Bohumil Antonio Sepúlveda Bustos, abogado, interponiendo recurso de amparo en favor de Rodrigo Fernando Saavedra Magallón en contra de Policía de Investigaciones y Carabineros de Chile, argumentando que funcionarios de dichas instituciones han buscado al amparado en su antiguo domicilio con el objeto de aprehenderlo, sin que en ninguna de dichas ocasiones se haya intimado orden de aprehensión, razón por la cual el afectado ignora el origen de la situación que lo afecta, tipo de delito, número de causa y fecha de su inicio, vulnerándose de esta manera el derecho a defensa y al debido proceso. Estima que la situación descrita constituye un grave peligro a la libertad y la seguridad individual del amparado, solicitando en consecuencia, se adopten las medidas para restablecer el imperio del derecho y el cese de la situación que le afecta al amparado. 2°.- Que informó Carabineros de Chile señalando que conforme a la los antecedentes recabados no se ha detenido ni se ha participado en ningún procedimiento policial relacionado con el amparado Saavedra Magallon, quien no mantiene orden o mandato judicial que le afecte. 3°.- Que en el mismo sentido informó la Policía de Investigaciones, reafirmando que el amparado no registra orden de aprehensión, arraigo, ni arresto vigente. 4°.- Que el artículo 21 de la Constitución Política de la República, consagra la denominada acción de amparo y dispone, en lo pertinente, que: “Todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado”. Adicionalmente, el inciso tercero de dicho precepto señala “El mismo recurso, y en igual forma,
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 21, ambos de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo constitucional deducido a favor de Rodrigo Fernando Saavedra Magallón. Regístrese, comuníquese y archívese. Amparo N° 360-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, ocho de marzo de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: 1°.- Que compareció Bohumil Antonio Sepúlveda Bustos, abogado, interponiendo recurso de amparo en favor de Rodrigo Fernando Saavedra Magallón en contra de Policía de Investigaciones y Carabineros de Chile, argumentando que funcionarios de dichas instituciones han buscado al amparado en su antiguo domicilio c
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