2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

FIGUEROA/FASER S.A.

Rol

Fecha

8 de marzo de 2023

Materia

RECARGOS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: En los autos Rit O-7099-2021 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, por sentencia de veintiséis de mayo de dos mil veintidós, se acogió la demanda interpuesta por SARA DEL CARMEN FIGUEROA LEIVA, en contra de FASER S.A., condenando a la demandada a pagar indemnización sustitutiva del aviso previo, indemnización por años de servicio incrementada en un 50%, feriado proporcional, cotizaciones previsionales y las remuneraciones que se devenguen desde la fecha del despido indirecto hasta su convalidación, sin costas. Contra esa sentencia la demandante dedujo recurso de nulidad, invocando las causales del Código del Trabajo contenidas en los artículos 477 del Código del Trabajo, por infracción de garantías fundamentales, denunciando como infringido el artículo 19 N°3 de la Constitución Política de la República y sin indicar la forma de interposición, invoca además la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo Pide que esta Corte, conociendo del recurso, anule la sentencia recurrida, y en su reemplazo, acceda a dictar una nueva sentencia en el evento de acoger alguna de las causales de nulidad interpuestas, rechazando la demanda de autos, con costas. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la parte demandante invoca -como primera- la del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de garantías fundamentales, denunciando como infringido el artículo 19 N°3 de la Constitución Política de la República. Estima que lo que configura esta causal, es el hecho que el sentenciador al dictar la sentencia no consideró toda la prueba documental, o no explicó el por qué no la ponderó adecuadamente, lo que constituye una infracción al debido proceso. Concluye que, al desestimar la valoración correcta del documento que acredita el pago cabal de las cotizaciones, da pie a acoger la demanda interpuesta, y consecuencialmente hace lugar a las indemnizaciones y prestaciones, por lo que es claro cómo influye sustancialmente, estimando que, de no haberse cometido la infracción a las normas indicadas, necesariamente habría provocado que se hubiera rechazado la demanda. También invoca la causal contenida en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, por haberse dictado el

Fallo

fallo con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Funda esta causal en que el tribunal al dictar sentencia no ha indicado por qué ha procedido a desestimar la prueba documental aludida, en el sentido que indica en el fallo, es decir “resultando que durante los meses de enero, febrero y marzo de 2018, solo consta el uso de licencia mediante el registro de asistencia”, mientras que en el documento N°9 ofrecido y rendido consta el pago respectivo. Concluye que, al desestimar la valoración correcta del documento que acredita el pago cabal de las cotizaciones, da pie a acoger la demanda interpuesta y consecuencialmente hacer lugar a las indemnizaciones y prestaciones. Estima que, de no haberse cometido la infracción a las normas indicadas, necesariamente habría provocado que se hubiera rechazado la demanda. SEGUNDO: Que, en conformidad al inciso final del artículo 478 del Código del Trabajo, si un recurso se fundare en distintas causales, deberá señalarse si se invocan conjunta o subsidiariamente. En el caso de autos la recurrente no cumple con este requisito, debiendo entenderse entonces que las deduce conjuntamente. TERCERO: Que, asi las cosas las causales invocadas resultan incompatibles una con otra, puesto que no puede alegarse ´por una parte una supuesta infracción al debido proceso porque no se ha analizado la prueba documental, o no explicó el por qué no la ponderó adecuadamente y al mismo tiempo in

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C.A. de Santiago Santiago, ocho de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS: En los autos Rit O-7099-2021 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, por sentencia de veintiséis de mayo de dos mil veintidós, se acogió la demanda interpuesta por SARA DEL CARMEN FIGUEROA LEIVA, en contra de FASER S.A., condenando a la demandada a pagar indemnización sustitutiva del aviso previo, indemnización

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