MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGU C/ DAYANA ELIZABETH DE JESUS PEREZ CORONA
Rol
Fecha
8 de marzo de 2023
Materia
DESORDENES PUBLICOS. ART.269.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: 1.- Tratándose de una medida cautelar impuesta a los seis imputados menores, adolescentes, no se han invocado por parte de su defensa nuevos antecedentes que permitan modificar el arresto domiciliario nocturno impuesto a los imputados, siendo insuficiente, en concepto de estos jueces, el mero transcurso del tiempo para revertir dicha decisión. 2.- En consecuencia,
Fundamentos
considerando la naturaleza y gravedad de los ilícitos por los cuales se encuentran formalizados, la sanción legal probable y los bienes jurídicos protegidos, los que constituyen elementos suficientes para estimar que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, la medida cautelar debe ser proporcional a los fines del procedimiento. Por estos fundamentos y lo dispuesto en los artículos 144, 145 y 149, todos del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de veintisiete de febrero del año en curso, dictada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, en cuanto dejó sin efecto la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno y
Fallo
se declara, en cambio, que ésta se mantiene respecto de los imputados adolescentes A.G.L., D.P.C., F.M.G., F.S.F., I.O.F. y P.G.B. Comuníquese por la vía más rápida. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, ocho de marzo de dos mil veintitrés. Sala: Novena Rol Corte: Penal-1064-2023 Ruc: 2201136935-2 Rit : O-12714-2022 Juzgado: 7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señora Marisol Andrea Rojas Moya, señor Tomás Gray Gariazzo y la Abogado Integrante señora Magaly Carolina Correa Farías Relator: Nicole Ramírez C. Digitador (a): Ximena Gamb
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