SIN INFORMACION

SALAZAR / SERVICIO NACIONAL MIGRACIONES

Rol

Fecha

8 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, quien en favor de doña Jadely Willeima Salazar Morandy, venezolana, ambos domiciliados para estos efectos en María N°2820, Comuna San. Joaquín, presenta recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Luis Eduardo Thayer Correa, sociólogo, con domicilio en San Antonio N° 580, comuna de Santiago, Región Metropolitana, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre su petición de residencia definitiva solicitada el 7 de junio de 2021, lo que califica como ilegal, arbitrario y lesivo del derecho consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, en la medida que constituye una transgresión de los artículos 7, 8, 9, 14 y 27 de la Ley 19.880. Pide, en definitiva, que se ordene a la autoridad recurrida el otorgamiento del acto administrativo terminal referente a la solicitud de residencia definitiva de la recurrente. Segundo: Que informó doña Rocío Rodríguez Zamora, abogada del Servicio Nacional de Migraciones, ex Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública solicitando el rechazo del recurso en todas sus partes al no existir un acto u omisión de su parte que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente en contra de la garantía constitucional señalada. Indica que el 7 de junio del 2021 la recurrente solicitó su permanencia definitiva, petición que se encuentra en la etapa de “Análisis I”, según da cuenta el portal informático habilitado al efecto. Refiere que el artículo 38 de la Ley 21.325 expresamente señala que todos los extranjeros que ostenten un certificado de residencia en trámite vigente, como es en el caso de marras, son libres para entrar y salir del país, sin limitaciones, aun cuando el permiso de residencia que posea actualmente haya perdido su vigencia. Agrega

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San Miguel, ocho de marzo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, quien en favor de doña Jadely Willeima Salazar Morandy, venezolana, ambos domiciliados para estos efectos en María N°2820, Comuna San. Joaquín, presenta recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migración dependiente del Ministerio del Interi

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