M.P C/ PABLO LEONEL GUALPA PIEDRA
Rol
Fecha
8 de marzo de 2023
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, se encuentran justificados en este estadio procesal, los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y atendida la gravedad del delito, forma de comisión, pena asignada al mismo y el bien jurídico protegido, se estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, conforme a lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada, tornando insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador procesal penal para los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de veintiocho de febrero del año en curso, por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, que decretó la prisión preventiva al imputado Pablo Leonel Gualpa Piedra. Devuélvase. N° 591-2023 Penal.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, ocho de marzo de dos mil veintitrés. Sala: Cuarta Sala Rol: 591-2023 Penal Ruc: 2300221153-K RIT: 1974-2023 Tribunal: Juzgado de Garantía de San Bernardo Integrantes: Ministros Señora María Soledad Espina Otero, señora Celia Catalán Romero y el señor Jonatan Valenzuela Saldías. Relatora: Andrea Corvalan Sáez Digitadora: María José Cuevas Fiscal: Pamela Ballesteros Ramírez, Defensa: Ed
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