SCOTIABANK CHILE CON RIVANO VERA RICARDO (G.P.)
Rol
42815-2021
Fecha
31 de enero de 2022
Materia
Civil
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada y se tiene, además, presente: 1º.- Que, en estos autos el Banco Scotiabank Chile dedujo acción ejecutiva de desposeimiento con sujeción al procedimiento regulado en el Título XVIII del Libro Tercero del Código de Procedimiento Civil, en contra de Iván R. Vera y Compañía Limitada en su calidad de poseedora inscrita del inmueble hipotecado a favor de la actora en garantía de pago de lo adeudado por Gino Iván Rivano Vera, condición de tercer poseedor de la finca hipotecada que la demandada no controvirtió y que, en consecuencia, constituye un hecho no disputado, acreditado además con la documental producida por la ejecutante. 2°.- Que, habiendo antecedido al juicio la gestión a que se refiere el artículo 758 del Código de Procedimiento Civil y ante la inobservancia por parte de la demandada de realizar alguna de las conductas alternativas que le confiere dicho precepto, nació para el acreedor hipotecario la posibilidad de deducir la respectiva demanda de desposeimiento, ejecutiva u ordinaria, dependiendo de la naturaleza del título, conforme lo dispone el inciso segundo del artículo 759 del referido Código adjetivo, optando en la especie el banco demandante porque su pretensión fuera conocida en un juicio de lato conocimiento. 3º.- Que, la ejecutada opuso la excepción de prescripción de la acción, la que desarrolló sobre la base de considerar que la obligación garantizada con la hipoteca se había hecho exigible en el mes de agosto de 2012 –data en que el deudor personal incurrió en mora en el pago de la deuda- y en segunda instancia nuevamente opuso esa misma excepción, fundada tanto en los mismos elementos invocados en primer grado, cuanto en las actuaciones y resoluciones dictadas en la causa rol C-2095-2013, del Cuarto Juzgado de Letras de Talca, correspondiente a la acción ejecutiva impetrada por Scotiabank Chile en contra del deudor personal del mutuo en que consta la constitución de la hipoteca de autos, aduciendo que
Texto Completo (Preview)
Santiago, treinta y uno de enero de dos mil veintidós. En cumplimiento a lo previsto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada y se tiene, además, presente: 1º.- Que, en estos autos el Banco Scotiabank Chile dedujo acción ejecutiva de desposeimiento con sujeción al procedimiento regulado en el Tí
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