SIN INFORMACION

INMOBILIARIA VEGA MONUMENTAL S.A. CONTRA RESOLUCION SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION

Rol

Fecha

7 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que el abogado don Mauricio Ortiz Solorza, en representación de Inmobiliaria Vega Monumental S.A., en autos Rol C-3.995-2022 sobre medida prejudicial preparatoria seguido ante el Segundo Juzgado Civil de Concepción, deduce falso recurso de hecho en contra de la resolución de 7 de diciembre de 2022, por la que se concedió el recurso de apelación interpuesto subsidiariamente por la parte demandante en contra de la resolución de 14 de octubre de 2022 que recibió a prueba el incidente de nulidad de todo lo obrado. Expone, en lo pertinente, que en la causa antes referida se interpuso incidente de nulidad de todo lo obrado, el que fue recibido a prueba por resolución de 14 de octubre de 2022, respecto de la cual la demandada, mediante presentación de fecha 17 de octubre de 2022, interpuso recurso de reposición con apelación subsidiaria, concediéndose esta última, lo cual estima improcedente, por lo que solicita se acoja el recurso de hecho y se declare inadmisible dicha apelación. Segundo: Que la resolución apelada recibe a prueba un incidente, por lo que de conformidad a lo dispuesto en el inciso final del artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, este tipo de resolución, en estos casos, es inapelable por lo que se deberá acoger el presente recurso. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 196 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho interpuesto por don Mauricio Ortiz Solorza en representación de la actora y, en consecuencia, se deja sin efecto la resolución de 7 de diciembre de 2022, escrita a folio 10, en aquella parte que concede el recurso de apelación deducido en forma subsidiaria por la parte demandada con fecha 17 de octubre de 2022, y en su lugar se declara que no se hace lugar a éste por improcedente. Agréguese copia de la presente resolución en el Rol Corte Nº 3058-2022 del cuaderno Civil. Redacción del Ministro Suplente Francisco Javier Berríos Veloso. Regístrese

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 196 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho interpuesto por don Mauricio Ortiz Solorza en representación de la actora y, en consecuencia, se deja sin efecto la resolución de 7 de diciembre de 2022, escrita a folio 10, en aquella parte que concede el recurso de apelación deducido en forma subsidiaria por la parte demandada con fecha 17 de octubre de 2022, y en su lugar se declara que no se hace lugar a éste por improcedente. Agréguese copia de la presente resolución en el Rol Corte Nº 3058-2022 del cuaderno Civil. Redacción del Ministro Suplente Francisco Javier Berríos Veloso. Regístrese, comuníquese y archívese. No firma el señor Nelson Villena Castillo no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por haber cesado en el cargo de abogado integrante de esta Corte de Apelaciones. N°Civil-3096-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Concepción, siete de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que el abogado don Mauricio Ortiz Solorza, en representación de Inmobiliaria Vega Monumental S.A., en autos Rol C-3.995-2022 sobre medida prejudicial preparatoria seguido ante el Segundo Juzgado Civil de Concepción, deduce falso recurso de hecho en contra de la resolución de 7 de diciembre de

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