SIN INFORMACION

PROMOTORA CMR FALABELLA S.A. CONTRA TERCER JUZGADO DE POLICÍA LOCAL DE IQUIQUE

Rol

Fecha

7 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo informado por el Sr. Juez a quo, entendiéndose que el computo del plazo es de días completos, y lo dispuesto en los artículos 18 inciso 4°, y 32 de la Ley N° 18.287, y 203 del Código de Procedimiento Civil, SE ACOGE el recurso de hecho deducido en contra de la resolución de quince de febrero de dos mil veintitrés, en causa Rol 17912-2022, caratulada “Promotora CMR Falabella S.A. con Rosemary Sakurai Portocarrero”, del Tercer Juzgado de Policía Local de esta ciudad, que denegó el recurso de apelación contra la sentencia dictada el trece de enero del año en curso, y en consecuencia, SE CONCEDE el recurso de apelación deducido por la parte demandante, en contra de la sentencia definitiva dictada el trece de enero de dos mil veintitrés. Comuníquese lo resuelto al Tribunal a quo, remitiéndose los antecedentes para la correspondiente notificación, emplazamiento de las partes y prosecución del recurso, debiendo volver a elevarse los autos oportunamente. Regístrese y archívese. Rol N° Policia Local-10-2023.

Texto Completo (Preview)

Iquique, siete de marzo de dos mil veintitrés. VISTO Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo informado por el Sr. Juez a quo, entendiéndose que el computo del plazo es de días completos, y lo dispuesto en los artículos 18 inciso 4°, y 32 de la Ley N° 18.287, y 203 del Código de Procedimiento Civil, SE ACOGE el recurso de hecho deducido en contra de la resolución de quince de febrero de

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