ANONIMIZADO
Rol
Fecha
7 de marzo de 2023
Materia
CUIDADO PERSONAL DEL NIÑO
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
VISTO Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes mediante videoconferencia, y lo dispuesto en los artículos 67 y siguientes de la Ley 19.968, y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, en lo apelado, la resolución dictada el dieciséis de enero de dos mil veintitrés, con declaración que el régimen provisorio ordinario establecido por el tribunal respecto del niño de autos, en el punto 2, será ejercido fin de semana por medio, desde el día sábado a las 14:00 horas hasta el domingo a las 20:00 horas, manteniéndose la coordinación establecida por el tribunal. Devuélvase. Rol N° Familia-23-2023.
Texto Completo (Preview)
Iquique, siete de marzo de dos mil veintitrés. VISTO Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes mediante videoconferencia, y lo dispuesto en los artículos 67 y siguientes de la Ley 19.968, y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, en lo apelado, la resolución dictada el dieciséis de enero de dos mil veintitrés, con declaración que el
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