B.E.F.F./12°JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
7 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la Defensora Penal Juvenil Georgina Guevara Cáceres quien interpone recurso de amparo a favor del adolescente de iniciales B.E.F.F., y en contra de la resolución de 27 de febrero del año en curso pronunciada por el 12° Juzgado de Garantía de Santiago en causa RIT Nº57-2023, por la cual se decretó la internación provisoria del imputado adolescente. Relata que el pasado 27 de febrero se comunicó a su representado que se sigue en su contra investigación por el delito de homicidio simple, en grado de ejecución frustrado. Añade que a solicitud del Ministerio Público, y pese a la oposición de la defensa, se decretó su internación provisoria por considerarlo un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la forma de comisión del delito, las causas penales vigentes que registra y la existencia de una condena previa. Reclama que la resolución contra la que se recurre no cumple con el estándar de fundamentación completa y precisa exigida por el artículo 36 del Código Procesal Penal en relación con la interpretación restrictiva del artículo 141 del mismo cuerpo legal, ya que decreta la internación provisoria anticipada sobre la base de aplicar por analogía el citado artículo 141, ejercicio que se encuentra prohibido por el artículo 5 del código adjetivo y que constituye una infracción al estatuto especial de responsabilidad adolescente que el legislador ha considerado especialmente para los infractores juveniles. En efecto, indica que si bien es cierto que el adolescente cuenta con antecedentes penales y que se encuentra cumpliendo la medida cautelar de internación provisoria en otra causa, ello no es óbice para calificar que la resolución adoptada adolece de ilegalidad por diversas consideraciones. En primer lugar, la internación provisoria decretada carece del estándar de fundamentación requerido por el artículo 36 del Código Procesal Penal ya que no se hace cargo del argumento planteado por la defensa en cuanto a
Fallo
se declara que se rechaza el recurso de amparo deducido a favor del adolescente de iniciales B.E.F.F. Regístrese y archívese en su oportunidad. Nº 119-2023 AMP
Texto Completo (Preview)
Dejo constancia que alegaron por el recurso la postulante Javiera Rosales Beas y en contra de éste la abogada Magdalena Balart Salvat. San Miguel, 7 de marzo de 2023. Andrea Durán Bruce, relatora. San Miguel, siete de marzo de dos mil veintitrés. A los folio 6, 7 y 8: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la Defensora Penal Juvenil Georgina Guevara Cáceres quien i
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