SIN INFORMACION

MUNDO/MINISTRO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

7 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que se dedujo acción de protección en favor de Aaron Alexis Mundo Herrera, venezolano, en contra del Servicio Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la omisión en el pronunciamiento respecto de su solicitud de prórroga de residencia temporal. Estima que con ello se vulnera la garantía contenida en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política, por lo que solicita se acoja el recurso y se ordene a la recurrida resolver, sin más trámite, la petición efectuada, con costas. Expone que solicitó la prórroga de su visa temporaria con fecha 5 de abril de 2021, y sin embargo, hasta la fecha no ha recibido una respuesta por parte de extranjería, habiendo transcurrido más de 1 año. Reprocha que la dilación de la autoridad excede con creces el tiempo prudente que debiera demorar, por lo que resulta urgente que se disponga la resolución y otorgamiento de su petición. SEGUNDO: Que, la recurrida solicitó el rechazo de la acción. Detalló que mediante Resolución Exenta N° 127876 de fecha 06 de octubre de 2021, el Servicio Nacional de Migraciones otorgó prórroga de visación temporaria al extranjero por un año, en condición de titular y con validez hasta el día 05 de abril de 2022. Agrega que el extranjero realizó el pago de los derechos migratorios el 18 de octubre de 2021, como se visualiza en la imagen de Tesorería General de la República que adjunta. Por otro lado, ingresando los datos del estampado electrónico asignado al extranjero recurrente en la sección “Verificación de Estampado Electrónica” de la plataforma web del Servicio, se corroboró que el estampado electrónico N°214907, Número de serie N°597963 otorgado por la Resolución Exenta N°127876 de fecha 06 de octubre de 2021, estuvo habilitado en su oportunidad, pero que la mentada prórroga de visa temporaria no fue estampada por el recurrente Así las cosas, estima que es totalmente improcedente la present

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de Aaron Alexis Mundo Herrera. Regístrese y comuníquese. N°Protección-115389-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, siete de marzo de dos mil veintitrés. Al folio 17: A lo principal y segundo otrosí, téngase presente. Al primer otrosí, a sus antecedentes. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que se dedujo acción de protección en favor de Aaron Alexis Mundo Herrera, venezolano, en contra del Servicio Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por el acto a

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