JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE COMBARBALA

MINISTERIO PUBLICO C/ MIGUEL ANGEL RAMOS RAMOS

Rol

Fecha

6 de marzo de 2023

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: 1° Que la resolución impugnada por el Ministerio Público dice relación con la declaración de ilegalidad de la detención de los imputados de la presente causa, practicada por personal de Carabineros de Chile. 2° Que no es un hecho discutido que los tres imputados, al momento de su detención, mantenían órdenes de detención vigentes decretadas con anterioridad a la fecha de su detención. 3° Que así las cosas, de acuerdo a la dinámica de los hechos, al llevarse a cabo las diligencias para practicar la detención del imputado Ramos Ramos, el personal policial se percató que se encontraba junto a los imputados Betancourt Aguilera y Rodríguez Cortés, verificando respecto de éstos que se encontraban vigentes en su contra órdenes de detención, por lo que en virtud de la obligación legal establecida en el inciso cuarto del artículo 129 del Código Procesal Penal, procedió a la detención de los encartados. 4° Que siendo aquellos los únicos elementos que deben considerarse en el aspecto que se cuestiona, y habiendo sido las detenciones practicadas en cumplimiento de una orden judicial, no se vislumbra la existencia de acto alguno que quebrante el ordenamiento jurídico al practicarse las aprehensiones cuestionadas en autos. Y de conformidad, además, a lo que disponen los artículos 132 bis y 358 y siguientes del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución dictada en audiencia de diecisiete de febrero de dos mil veintitrés, transcrita íntegramente en la carpeta digital, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Combarbalá, que declaró ilegal la detención de los imputados Miguel Ángel Ramos Ramos, María Paz Betancourt Aguilera, Starly Bernabé Rodríguez Cortés, y en su lugar se declara que la detención de los imputados se ajustó a Derecho. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal y relator (I) señor Alonso Escares Sepúlveda, quien actúa como ministro de fe. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 147-2023 Penal.

Fallo

se declara que la detención de los imputados se ajustó a Derecho. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal y relator (I) señor Alonso Escares Sepúlveda, quien actúa como ministro de fe. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 147-2023 Penal.

Texto Completo (Preview)

La Serena, seis de marzo de dos mil veintitrés. Siendo las 11:26 horas, ante la Primera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de La Serena, presidida por el Ministro señor Christian Le-Cerf Raby, e integrada por el Ministro señor Sergio Troncoso Espinoza y la abogada integrante señora Carolina Salas Salazar, se lleva a efecto la audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por

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