ROSALES / SERVICIO NACIONAL MIGRACIONES
Rol
Fecha
7 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: Con fecha 31 de diciembre de 2022 se recurre de protección en favor de la ciudadana chilena Marilyn Del Carmen Navarro Chaipul y del ciudadano colombiano Robinson Rosales Marquinez, quienes contrajeron matrimonio en el mes de junio de 2022 en Colombia y lo registraron en Chile en la misma fecha. Reclaman que el señor Rosales Manríquez no puede ingresar al territorio nacional, porque se mantiene vigente una orden de abandono que derivó de la expulsión por ingreso clandestino resuelta en junio de 2013 y del rechazo de la regularización migratoria dispuesta por resolución de julio de 2019, las que se fundamentan en una condena penal de 6 años por el delito de tráfico de sustancias para el procesamiento de narcóticos, impuesta por sentencia de 15 de julio de 2005, la que se declaró extinta el 18 de agosto de 2009, mediante el interlocutorio N° 948 dictado por el Juzgado Quinto de Ejecución de Colombia. Afirma que tal impedimento vulnera sus garantías consagradas en los numerales 2 y 3 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Solicita ordenar a la recurrida que deje sin efecto el impedimento de ingreso al país, para que el actor pueda ingresar al territorio chileno y reunirse con su familia. Con fecha 24 de febrero de 2023 se prescindió del informe y se trajeron los autos en relación. Con fecha 6 de febrero de 2023 la recurrida solicitó el rechazo del recurso, pues la medida que se impugna se ajusta a derecho, conforme la antigua y nueva legislación migratoria. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Que, del mérito de los antecedentes y pese que la recurrida dio cuenta que la imposibilidad para que el recurrente ingrese al país se funda en una orden de expulsión vigente, instruida conforme a derecho, lo cierto es que el supuesto fáctico de esa medida ha desaparecido, conforme resolución judicial dictada por un tribunal competente de Colombia, por lo que se concluye que la orden de abandono carece de razón y,
Fallo
por tanto, resulta ilegal, además de arbitraria, ya que desatiende las razones de arraigo familiar que surgen de la relación matrimonial con ciudadana chilena. Tal conducta perturba la garantía consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, razón por la que se acogerá este recurso en los términos que se dirán. Por estas consideraciones, lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de protección, sólo en cuanto se deja sin efecto la orden de abandono y expulsión contra el ciudadano colombiano Robinson Rosales Marquinez, quien podrá ingresar al territorio chileno por las vías regulares que contempla la legislación migratoria vigente. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-173364-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, siete de marzo de dos mil veintitrés. Vistos: Con fecha 31 de diciembre de 2022 se recurre de protección en favor de la ciudadana chilena Marilyn Del Carmen Navarro Chaipul y del ciudadano colombiano Robinson Rosales Marquinez, quienes contrajeron matrimonio en el mes de junio de 2022 en Colombia y lo registraron en Chile en la misma fecha. Reclaman que el señor Rosa
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