PASTÉN / SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Rol
Fecha
6 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO: Comparece Diego Pastén Delgado, abogado, en representación convencional, de don Miguel Osvaldo Pastén Campos, interpone acción de Protección de garantías constitucionales en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, por la dictación de la resolución que falla la apelación de calificación de enfermedad realizada respecto del afectado, RESOLUCIÓN EXENTA N° R-01-ISESAT-72168-2022 de fecha 1 de junio de 2022, la referida entidad ha incurrido en ilegalidades y arbitrariedades que han conculcado sus garantías fundamentales, solicitando en definitiva se acoja el presente recurso, se declare que el referido servicio ha actuado de manera arbitraria e ilegal y en definitiva se deje sin efecto la resolución señalada, así como las resoluciones asociadas a ésta, especialmente la RESOLUCIÓN EXENTA N° R-01-UME-120758-2021 de fecha 15 de septiembre de 2021, ordenando que en definitiva se califique como de origen laboral la patología que sufre el recurrente . Expone que ingresó a prestar servicios a la División Andina de Codelco en el año 1990 (a prueba), pasando a contratación indefinida a partir de mayo del año 1991 y ha prestado servicios por más 30 años en labores de Minería, operando maquinaria pesada. En un comienzo y hasta el año 1997, por un período de seis años desempeñó funciones que implicaban trabajo “a pulso”, literalmente romper piedras, con la utilización de masas de 16 libras y con “pinochos”, sus brazos y hombros estuvieron expuestos constantemente a movimientos bruscos, repetitivos y constantes rotaciones para efectuar los golpes. Todo esto, en la mina subterránea a más de 3000MSNM, con temperaturas que en el invierno bajan mucho más allá de los 10°C. A partir del año 1997, comenzó a desempeñarse como operador de maquinarias dentro de la mina subterránea (operador carguío y transporte), A partir del año 2004 y hasta el 2018, en la operación de equipos de alto tonelaje (CAEX). Atendido que la operación dentro de la mina subterránea requiere de alta
Fundamentos
fundamentos contenidos en Resolución Exenta N° R-01-UME-120758-2021, de fecha 15 de septiembre de 2021, conformado por Resolución Exenta N° R-01-ISESAT-72168-2022, de fecha 01 de junio de 2022. Agrega que en los casos como el de la especie, en que se discute una cuestión de hecho que se refiere a una materia de orden médico, el procedimiento general de reclamo previsto en el citado artículo 77 de la Ley N° 16.744, previene para la recurrida resolver estas reclamaciones con competencia exclusiva y sin ulterior recurso.
Fallo
por tanto arbitraria e ilegal. Solicita que se declare que recurrida ha actuado arbitraria e ilegalmente y ha vulnerado las garantías fundamentales del afectado con ocasión de la dictación de la RESOLUCIÓN EXENTA N° R-01-ISESAT-72168-2022 de fecha 1 de junio de 2022, ordenando en definitiva a la referida entidad dejar sin efecto la referida resolución así como las resoluciones previas asociadas a ella, especialmente la RESOLUCIÓN EXENTA N° R-01-UME-120758-2021 de fecha 15 de septiembre de 2021, que confirmó la Resolución de Calificación (RECA) N° 32104060701, de fecha 18 de junio de 2021, pronunciada por CODELCO DIVISIÓN ANDINA - SATEP, en su calidad de Administrador Delegado del seguro de la Ley 16.744; ordenando en definitiva catalogar la enfermedad sufrida por el trabajador Miguel Osvaldo Pastén Campos (Tendinopatía cálcica del tendón del supraespinoso derecho, también conocida como “síndrome de manguito rotador”) como enfermedad profesional. A folio 12, Informó Roberto Barraza Saavedra, Abogado, en representación de la recurrida la superintendencia de seguridad social, solicitando el rechazo del recurso con costas. Al efecto, en síntesis se funda primeramente en que se trata de un recurso extemporáneo, por cuanto ha sido interpuesto una vez vencido el plazo de 30 días corridos previsto para hacer valer la constitucional. Precisa que el recurrente solo ejerció esta acción constitucional con fecha 1 de julio de 2022, y el recurrente ya tenía conocimiento de la situación
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, seis de marzo de dos mil veintitrés. VISTO: Comparece Diego Pastén Delgado, abogado, en representación convencional, de don Miguel Osvaldo Pastén Campos, interpone acción de Protección de garantías constitucionales en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, por la dictación de la resolución que falla la apelación de calificación de enfermedad realizada res
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