FISCAL C/ PABLO ENRIQUE RANIL CAIHUEQUE
Rol
Fecha
6 de marzo de 2023
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, teniendo presente esta Corte que corresponde al juez del fondo el dilucidar la alegación respecto del requisito establecido en la letra a) del artículo 140 del Código Procesal Penal, estimando que, en la especie, necesariamente deben imponerse medidas cautelares al imputado a fin de asegurar los fines del procedimiento, los que en concepto de estos sentenciadores se satisfacen con unas de menor intensidad que las impuestas por el Juez A Quo, SE REVOCA la resolución de fecha veintiséis de febrero de dos mil veintitrés, del Juzgado de Garantía de Lautaro, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva al imputado PABLO ENRIQUE RAÑIL CAIHUEQUE, y en su lugar, se decretan las medidas cautelares de abandono inmediato del hogar común, si es que lo tuviere con la víctima, conforme al artículo 9 letra a) de la Ley 20.066; arresto domiciliario nocturno desde las 20.00 horas a las 06.00 horas del día siguiente, conforme al artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, y la prohibición absoluta de acercarse a la víctima por cualquier medio y en el lugar donde ésta se encuentre, conforme al artículo 9 letra b) de la Ley 20.066. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-217-2023 (pvb).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, seis de marzo de dos mil veintitrés. A lo principal y otrosí del escrito folio 5 y a lo principal, primer y segundo otrosí del escrito folio 6: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, teniendo presente esta Corte que corresponde al juez del fondo el dilucidar la alegación respecto del requisito establ
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