23º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

ITAUCORPBANCA/FLORES (LTE)

Rol

Fecha

6 de marzo de 2023

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo en consideración que, si bien la presente causa se inició como medida prejudicial precautoria, a estas alturas no existe justificación para exigir otra garantía para efectos de responder de los eventuales perjuicios que se puedan causar al demandando, desde que la parte demandante cumplió con la carga procesal de presentar su demanda dentro de plazo y de solicitar la mantención de la medida decretada por el Tribunal, no resultando aplicable en este estadio procesal el artículo 279 del Código de Procedimiento Civil, y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de trece de diciembre del año dos mil veintidós , dictada por el 23° Juzgado Civil de Santiago, en los autos Rol C-1975-202 y, en su lugar se decide dar lugar a la solicitud de giro de cheque presentada por la parte demandante con fecha tres de diciembre del año dos mil veintidós. Devuélvase. N°Civil-1021-2023.

Fallo

se decide dar lugar a la solicitud de giro de cheque presentada por la parte demandante con fecha tres de diciembre del año dos mil veintidós. Devuélvase. N°Civil-1021-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, seis de marzo de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo en consideración que, si bien la presente causa se inició como medida prejudicial precautoria, a estas alturas no existe justificación para exigir otra garantía para efectos de responder de los eventuales perjuicios que se puedan causar al demandando, desde que la parte demand

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